Ahora mismo tenemos la idea de detener el contencioso e ir directamente a la revocación a través de la subdelegación del gobierno (A Coruña). El problema está en las fechas, ya que el "juicio" está fechado para finales de Junio. No tengo motivos exactos para desear no ir a juicio y seguir por la vía habitual, pero entre otras cosas entiendo que lo que se juzga es la validez de la orden de expulsión en el momento que se emitió, y ello no implica que vayan a revocarla, mientras que el procedimiento habitual, al habernos casado, tendría que ser así. La cuestión está en ganar o no tiempo, y tampoco creo que sea el caso. Lo que el abogado dice es que el procedimiento de la revocación es un trámite administrativo, y ya se sabe, muchas veces van para largo, mientras que el juicio está a la vuelta de la esquina. La idea de seguir con el contencioso sigue sin gustarme... Necesito opiniones! Gracias por vuestras respuestas :)
adloc780, seguramente es su abogado quien mejor conoce todo el expediente, no entiendo muy bien lo de que está a punto de salir la vista cautelar en la que se solicita la anulación de la orden mientras no haya juicio, entiendo que se refiere a la suspensión de la orden de expulsión, hasta que se resuelva el contencioso, normalmente no hay vista, se resuelve y si se desestima, puede recurrirse al TSJ.
Podría intentarse que se revocara, y si se consigue, entonces, si puede desistirse del contencioso, en otro caso, debe seguir con el adelante.
Un saludo,
Casado con orden de expulsión y contencioso en marcha.
Hola. Resumiendo: para salir del paso con la orden de expulsión se intentó a) el matrimonio y b) el contencioso. Ambos se iniciaron, aprobaron el matrimonio y nos casamos. Hace dos días :) Ahora tenemos que revocar la orden. Dice el abogado que no vale la pena meterse con revocaciones ya que está a punto de salir la vista cautelar en la que se solicitá la anulación de la orden mientras no haya juicio. Yo no lo veo nada claro, no me gusta que se juzgue un hecho que ya no importa, con lo que ello conlleva (multa y demás). ¿Qué opinais? ¿Deberíamos arrancar sin más el trámite de la revocación? ¿Se puede abandonar el contencioso sin más? ¿Nos compensa seguir con el contencioso? Tenemos una relación de tres años con pruebas de todo tipo (conviviendo casi desde el principio) y un muy bien justificado arraigo. Revocación? Contencioso y esperar? Ambas? Gracias por vuestras respuestas y un saludo.