Tengo un caso de un Auto de Jurisdicción Voluntaria -FAMILIA- dictado por la Audiencia Provincial de 2ª Instancia.
He oido que se puede hacer Recurso de Casación de dos tipos al respecto:
1-Recurso de Casación por infracción de derecho sustantivo o material
2-Recurso de Casación por infracción procesal
¿Quiero saber sobre las diferencias de estos dos recursos para averiguar cuál he de hacer? Y en qué ley lo explica.