En principio, habría que ver qué establece el Convenio Regulador al respecto. Si no hay nada indicado sobre ello, lo lógico sería atender al criterio de la independencia económica y valorar si se dan las circunstancias que permiten acceder a ella.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados
Madrid
mottalara-abogados@mottalara-abogados.es
Les escribo para consultarles algo. Resulta que mis padres se separaron hace ya varios años, quedándose con mi custodia y la de mi hermana mi madre. Al ser menores, el juez determinó que mi padre debía abandonar el domicilio familiar, pese a que la casa está a su nombre.
Ahora que mi hermana hará 18 proximamente ¿puede exijir que tanto mi madre como nosotros nos vayamos ya que ya no somos menores y la casa está a su nombre? Decir que aunque tengamos 18, NO somos económicamente independientes y los tres nos veríamos sin casa (mi padre actualmente vive con su pareja)
Espero una pronta contestación. Para alguna duda mandad privado. Gracias por adelantado