No adquirirá usted derechos de propiedad sobre la vivienda por los motivos que indica, lo que si ppodría tener derecho, es a que le abonen los gastos necesarios que ha realizado sobre la vivienda.
Un saludo,
Hola, os cuento lo ams breve posible. Yo vivo en una casa que es de un familiar. Cuando llegue a la casa no estaba habitable, no habia luz ni agua, tuve que poner contador nuevo de luz y agua mas una deuda de luz y agua que me habia dejado otro familiar mio que vivia aqui de alquiler, yo tengo un contrato que me hizo mi familiar por 5 años de alquiler pero sin pagarle nada. Hice varias obras como ventanas, puertas y todo eso porque la casa no estaba habitable. Yo pago el IBI y los demas gastos.Qusiera saber que derechos tengo cuando mi familiar se muera ya que la casa es suya'??, ¿ con el paso del tiempo podria tener derecho a vivir en esta vivienda??.Gracias