Hola os cuento mi problema y espero me ayudeis, yo realize el pedido de una casa de madera , guiado por las palabras del vendedor y por lo que tenian puesto es su pagina web: a qui os pongo el texto sacado de la web:
Estas casas necesitan un proyecto de obra o pueden ser instaladas como un bien móvil?
-Por ley son consideradas un bien móvil. La jurisprudencia así lo ha establecido. Por lo tanto pueden instalarse igual que una caravana. Además disponemos de un departamento jurídico que realiza todos los tramites requeridos frente a los ayuntamientos. Ellos se encargan de dejar todas las cosas claras y legales. Por lo tanto en paz...
Ahora resulta , cuando ya esta la casa encargada pero aun sin comenzar a construir, me llaman de la comunidad de propiertarios y me dicen que no se puede poner, que estan multando a los vecinos, me informo y es cierto.
LLamo a la empresa para anular el pedido el mismo dia que empezaban a fabricarla, por lo tanto no han comenzado.
Yo di 30000 euros de señal. Me lo tienen que devolver enteros por no haberme informado bien, tanto en la pagina web por escrito como en persona el comercial.?
Ayudenme porfavor,
Yo tengo un contrato firmado el cual dice:
Notificado al comprador que la casa esta terminada y a su disposicion en la fabrica, este debera a proceder recepcion en la misma y el pago al vendedor de la cantidad restante del precio en un plazo no superior a 30 dias.
Transcurrido dicho plazo sin que el comprador haya recepcionado la casa y pagado el restante del precio y tras haber sido requerido al efecto por el vendedor, este podra dar por resuelto el contrato. En dicho supuesto se establece exresamente como clausula penal por incumplimiento del contrato, sustituturia de la indemnizacion de daños y perjuiciios, la perdida por parte del comprado del 30 por cien del precio.
Caso de incumplimiento por parte del vendedor del plazo de entrega o de las porrrogas pactadas por causa imputable exclusivamente al vendedor fabricante, y requerido para el cumplimiento por el comprador sin que aque haya entregado la casa, este podra dar por resuelto el contrato. En dicho supuesto el vendedor vendra obligado a devolver las cantidades percibidas a cuenta y el comprador podrar reclamar cuantos daños y perjuicios le haya ocuasonado el facultatvo para el comprador y como clausula penal por incumplimiento sustitururia de la indemnizacion de daños y perjuicios el pago por parte del vendedor al comprador de unos intereses sobre la cantidad percibida consistentes en el interes legal incrementado en dos puntos desde la fecha del presente contrato y hasta la devolucion de aquella.
Como pueden ver la clausula indica, cuando la casa esta casi realizada, en este caso no han empezado a construirla.
no quiero decir el distribuidor , no tengo porque hacer mala propaganda de nadie porque de momento no se han negado a nada, estan buscandome una solucion , en caso de que no llegaramos a un acuerdo ya lo diria.
Están buscando una solución porque saben que te han engañado, es publicidad falsa, pues la casas de madera no son un bien mueble, sino un inmueble y necesitan la pertinente licencia del Ayuntamiento.
En cuanto a la base de hormigón, es más compleja, podrías reclamarla, lo malo es que has realizado cosa ilegal (porque no tienes el permiso del Ayuntamiento) y pueden alegar que deberías haber pedido permiso para eso antes de hacerlo
En fin, que si te devuelven el dinero, date por contento y si quieres, les denuncias en consumo por publicidad ilícita.
Por cierto, no dicen que tienen un servicio jurídico que realiza los trámites ante los ayuntamientos? para qué necesitan hacer trámites si dicen que es como una caravana? ellos mismos se llevan la contraria en su página.
En todas las web's que he consultado, y a las que he llamado por teléfono, son los únicos que te dicen claramente que sus casas prefabricadas de madera se considerán un bien móvil, como una autocaravana, por lo que puedes plantarla en un suelo rústico sin necesidad de permisos de ningún
tipo.
¿Cierto? No.
Lo cierto, es que ha existido un desconocimiento general sobre este tipo de edificación, y el ejemplo más claro se tiene en las sierras que hasta ahora han sido pasto de construcciones de este tipo sobre terrenos rústicos. En la sierra norte de Sevilla han llegado a proliferar tanto que hay en estudio un anteproyecto de ley para modificar la ley de ordenación urbanística.
Mi pregunta, ¿alguien sabría donde puedo ver este anteproyecto?.