Cuando un ayuntamiento u organismo público considera que un edificio por razones históricas, arquitectónicas, singulares, características del lugar, etc. constituye un bien digno de protección, cataloga los elementos correspondientes para su preservación.
En esos casos, el planeamiento que desarrolla el área impone la obligación al propietario de esos edificios a conservar-restaurar los elementos catalogados.
Esa obligación puede exigirse en todo momento, pero cuando se hace realidad es al solicitar licencia para realizar mejoras en el edificio.
Por lo tanto cuando se levante la suspensión de licencias, podrás realizar las obras que el plan aprobado autorice y, si sobre ese edificio pesa algún tipo de protección deberás tenerla en cuenta.
Gracias Alga!! disculpa mi ignoracia, que es la catalogación de la edificación? en que consiste? cabría la posibilidad de que nunca pudiera realizar ninguna obra sobre la casa? Muchísimas gracias!!
Vale, se estará redactando un Plan Especial de donde podrá deducirse la catalogación de alguna edificación.
Creo que habrá que esperar a la aprobación definitiva del plan, no obstante para estar seguro que puedes hacer deberías formular la consulta que aquí haces en el ayuntamiento.
Hola Alga, pues, al parecer, el casco antiguo de Sant Andreu del Palomar tiene suspendidas todas las licencias de obras mayores durante un año prorogable a 2 mientras deciden como lo preservan. No puedes cambiar las estructuras de las casas por atentar contra una especie de "patrimonio de la ciudad".
Hola, Tengo una consulta. Estoy a punto de comprar una casita de dos plantas de más de 100 años en Sant Andreu del Palomar Barcelona, a la que le hace falta una buena reforma. A parte de querer agrandar la puerta de entrada, rehabilitar la fachada porque tiene una grieta, me gustaría ampliar el pequeño terrado que ahora tiene. Además, en el interior hace falta cambiar 2 paredes maestras, un lavabo nuevo, tirar otro que hay en el patio además de las reformas típicas de agua, luz y gas y alguna cosilla más. Me comentan que esto se considera una obra mayor y no me darían el permiso. Esto es así? si no arreglara la puerta de entrada ni el terrado habría problema para hacer la obra interior y la rehabilitación de la fachada para curar la grieta? es la que más interesa. La suspensión de la zona es de dos años, más adelante podría hacer la obra del terrado y la puerta de entrada? a lo mejor debería pensar en comprar otro tipo de vivienda, aunque esta está realmente bien y es lo que siempre he querido... MUCHAS GRACIAS por vuestra ayuda!!