Resido en una casa unifamiliar en un pueblo cuya casa colindante (palacete antiguo) está abandonado, causando con el paso de los años grietas y deterioros. Tras muchos años remitiendo escritos al Ayto. y a Patrimonio (está catalogado), nadie actúa.
Según tengo entendido el 80% es del Ayto. por donación y el 20% de una persona heredera.
Mi consulta:
1. Habiendo remitido el último escrito hace 7 meses a Patrimonio, puedo considerarlo como una reclamación patrimonial e ir directamente al juzgado?
2. Al ser el Ayto. copropietario, debo acudir por la vía contenciosa? O se podría ir por vía civil?
3. Que procedimiento sería? Impugnar la desestimacion?