hola,en primer lugar decir que es buen foro.
mi pregunta es,puedo yo como presidente,poner cartel en la comunidad,tipo (prohibido el paso a toda persona ajena a esta comunidad) sin decir nada ni al administrador ni a los vecinos? gracias,y la segunda,puedo llamar a reparar la pueta de entrada y pasar la factura al administrador?gracias.
Lo primero decirle que usted es el representante de la comunidad pero no el que la gobierna. El gobierno de la comunidad recae en las decisiones de los propietarios mediante junta o reuniones. Los órganos de gobiernos son: el presidente, el secretario y el administrador. Los tres cargos los pueden ejercer varias personas o una. En el caso de una sola será el presidente, es decir usted, pero como hace la pregunta que hace, tengo que suponer que deben de tener un administrador profesional, el cual ejercerá como secretario y administrador (ambos cargos).
Dentro de las responsabilidades del presidente está el atender las cuestiones de carácter urgente, al igual que también lo puede hacer el administrador, pero si este último no puede realizarla (por ejemplo un sábado que no se puede contactar con él) usted tiene potestad para hacerlo evidentemente, y el lunes informarle del hecho. Un ejemplo: Se averiá la cerradura de la puerta y requiere la presencia de un cerrajero. Usted puede llamar a un cerrajero, pagarle y pasar la factura al administrador. Otro ejemplo: ustedes sufren un atasco en la cañería principal y es domingo. Usted puede llamar a una empresa de desatascos para que le den solución a esa avería. Sepa también que estos ejemplos expuestos puede que estén asegurados por la póliza del seguro del inmueble, en este caso siempre es mejor llamar antes a la compañía de seguros.
Otra cosa que debe saber es que, el administrador (en el caso de ser profesional) es una persona contratada al servicio de la comunidad para atender y administrar sus bienes, ustedes les pagan por ello.
Y referente a los carteles, claro que los puede poner, siempre que se ajusten a la lógica del respeto y el buen hacer por la comunidad, pero no se exceda (es un consejo) a nadie le gusta que le dirijan (aunque sean cosas evidentes y sensatas).
otra consulta,para porner dichos carteles como dice canaleja,hay que aprobarlo en junta,que mayoria?
o el presidente tiene la potestad para ponerlos,
en que articulo sale?de la lph gracias.