Muy buenas, el caso es que he puesto en unas ventanas de mi casa unos carteles dando a conocer la existencia de una denuncia contra la obra que tengo al lado. En el cartel pongo "obra denunciada" y una flecha apuntando hacia dicha obra en la que aún no habitan inquilinos.
La obra está denunciada ante la oficina municipal de urbanismo del ayuntamiento por varios motivos por lo que entiendo mi cartel expone una información veraz a todo a aquel que lo lea.
Recientemente he ricibido por terceras personas noticias del abogado de la promotora instando a la retirada de los carteles (dice que ya ha espantado a varios posibles compradores) ante la amenaza de levantar acta notarial y proceder con las acciones legales correspondientes...
Sin ser un experto en temas yo entiendo que en este país existe la presunción de inocencia. Una cosa es que tu denuncies unos hechos, y otro muy distinto el que esos hechos sean constitutivos de delito o falta. Será el organismo ante el que has denunciado el que tendrá que juzgar si esa obra incumple la normativa o no.
Si finalmente, en contra de tus convicciones, la obra es totalmente legal, le habrás causado un daño, y seguramente vayan contra ti judicialmente.
Tu has puesto tu denncia en Urbanismo, retira tu cartel y espara a que Urbanismo se pronuncie. Si te da la razón y aún así no se hace nada por regularizar la situación ya podrás emprender todas las medidas necesarias y poner todos los carteles que quieras
En primer lugar, gracias por tu interés y rápida respuesta, gracias a gente como tú es posible aclarar las cosas.
Me gustaría comentarte que en mi caso no he puesto en ningún momento: "obra ilegal" ni he presupuesto ningún resultado de las acciones que he emprendido en urbanismo sino informado que la obra ha sido denunciada..., no me ampara el artículo 20 de derecho a la información y comunicación veraz y objetiva por cualquier medio de difusión (...), al fin y al cabo e independientemente del resultado de la sentencia, la obra está denunciada y eso sí puedo demostrarlo...
1.- Las normativas urbanísticas de los municipios prohiben la colocación de carteles en las fachadas de los edificios, incluyendo terrazas y/o ventanas. Suelen hacer la vista gorda cuando hay alguna celebración o similar, pero como te denuncien por eso, están obligados a multarte y hacerte quitar el cartel.
2.- Olvide el artículo 20, hace referencia a los medios de comunicación, no a los particulares, los particulares tienen, con respecto al artículo 20, un derecho pasivo, es decir, a recibir información, no un derecho activo.
3.- Independientemente de que sea veraz, la verdad es que te pueden denunciar por afectar al derecho al honor de la empresa, al ser una persona jurídica no cabría acciones penales en tu contra, pero sí civiles, sobre todo si demuestran que las causas un perjuicio. Tú imagina que demuestran que han perdido dinero, te lo pueden llegar hacer pagar a ti y supongo que hablaríamos de varios millones de pesetas.
4.- Deja que la denuncia siga su curso o acude a los tribunales, lo contrario te saldrá muy caro.