Buenos días. Me encuentro en un grave problema debido a una mala interpretación de lo que supone una carta de invitación. Soy chileno e ingresé como turista a España con una carta de invitación de mi actual pareja de hecho. Dentro del período de mi estancia nos registramos como pareja de hecho y confiamos en que debido a esa nueva condición no era necesario regresar a mi país al finalizar mi período de estancia, pues la intención era quedarme con ella. Hemos recibido una notificación de policía en donde se inicia un trámite de multa por no atenerme a la obligación de dejar el país luego de haber finalizado mi estancia de tres meses. Mis preguntas tienen que ver con las consecuencias de tal situación, pues la multa va de 501 euros a 10.000 euros. ¿cabe apelar en orden a explicar nuestra nueva situación y que la multa no tenga efecto? ¿Es necesario que yo regrese a Chile?