Hola. Desde el momento que lo invitó se hizo responsable de esa persona durante su estancia en España y de que la persona en cuestión abandone el país en el tiempo oportuno. Si el extranjero invitado no desea irse puede el anfitrión en todo caso. para librarse de la responsabilidad dejar constancia del particular ante las autoridades competentes. Sobre todo para que salve su responsabilidad.
Noa repercute negativamente porque no está cometiendo falta administrativa ni infracción penal alguna. Su responsabilidad se circunscribe a procurarle alojamiento y alimentación y a procurar por todos los medios a su alcance que el individuo invitado regrese a su país. Pero si el otro no quiere solo le queda dejar constancia del hecho y comunicarlo.
Yo en su lugar vistas las cosas haría una declaración juramentada ante notario de ser posible con dos testigos en la que deje constancia de que el sujeto invitado se niega a abandonar territorio español a pesar de habérselo requerido. Si el invitado ya no vive en su domicilio que indique este particular y que diga que a partir de esa fecha desconoce su paradero . Y esto junto con la documentación probatoria adicional que proceda comunicarlo a la correspondiente Oficina de Extranjeros y a la Policía Nacional.
Buenas compañeros. Tengo la siguiente duda: Un extranjero trae a España a través de la carta de invitación a otro extranjero por tres meses. Ahora se ha acabado el tiempo ya de estancia y el invitado se niega a irse a su país.
Puede esto repercutir negativamente al extranjero que ha invitado en caso en que sea expedientado el invitado por estar en situación irregular?