Mi consulta va relacionada con la carta de invitacion a una persona colombiana por parte de un ciudadano Español:
Esta persona cumple con todos los requisitos para tramitar la carta de invitacion y ambos se conocen personalmente, el ha estado en Colombia y ahora la persona de nacionalida COlombiana desea viajar a Españá, sin embargo para tramitar la visa de tourista exigen que la persona tenga recursos econimicos, (movimientos bancarios, salarios etc) que esta persona no posee.
El ciudadano españól se compromete y hace responsable de el sostenimiento de esta persona durante el periodo que ella se encuentre en Esoaña.
Mi pregunta es
Existe alguna posibilidad de que se niege la visa por falta de recursos de la persona de nacionalidad COlombiana
Aclaro que el ciudadano español corre con todos los gastos que genere el viaje y demas
Hola. No solo se fijan en los recursos económicos, sino también en el grado de arraigo en el país de origen, esto es, que tenga suficientes vínculos como para volver, por ejemplo, un trabajo estable o un negocio propio (mejor si es funcionara pública, por ejemplo), una carrera aún por terminar, vínculos familiares. Si, por ejemplo, tiene la persona o un familiar cercano ( entiéndase padres o hermanos) bienes inmuebles (aunque sea un terreno pequeño, una casita, un departamento, lo que sea), sería conveniente que adjuntara los títulos de propiedad.
La posibilidad de denegar el visado por falta de garantía de retorno al país de origen o insuficiencia de fondos para sufragar su estancia en España (esto, claro, a juicio del cónsul de España en Colombia), es BASTANTE ALTA.
Calcula que lo mínimo que se le exige acreditar a un extranjero extracomunitario que pretenda ingresar en España son 62,40 euros por día de permanencia en el país y nunca podrá ingresar con menos de 561 euros (cuantías del año 2010). Es decir, para permanecer un mes necesitará mínimo 1872 euros, por no decir con más seguridad unos 2000 euros (en efectivo, cheques de viajero o tarjeta de crédito).
Tú puedes tramitarle la carta de invitación en la Comisaría de Policía de tu domicilio y luego enviársela para el trámite, pero no es garantía 100 % de que le concedan el visado. Incluso para reforzar, deberías acreditar tus ingresos, que demuestren que podrás hacerte cargo de esa persona, incluso para sufragar los gastos sanitarios que pudiera llegar a necesitar de darse el caso y una eventual repatriación. Adjunta en ese sentido una declaración de responsabilidad al respecto y garantía de tus ingresos. E incluso, cuando le envíes a Colombia la carta de invitación, podrías adjuntarle la misma declaración, efectuada esta vez ante un notario, en la que te comprometas a sufragar los gastos de esta persona en España, junto con pruebas de tu capacidad económica y además, MUY IMPORTANTE, garantizando que te ocuparás personalmente de que esta persona saldrá de España y regresará a su país en las fechas establecidas (ten presente que, ya por el hecho de enviarle la carta de invitación, estás asumiendo una responsabilidad, pero esto la reforzará, lo que significa que en el hipotético caso de que esa persona no se vaya de España en las fechas límite que tenga para ello, empezarán a llamarte a ti para pedirte cuentas).