Esto del sindicato me esta quitando mucho tiempo, no encuentro nada de jurisprudencia o tipo de pruebas, para demostrar de que no es necesario o si la citacion de audiencia previa al sindicato
La empresa tiene constancia de que estoy afiliada.
Mi problema es que estoy buscando pruebas, jurisprudencia o algo, que me desmuestre que es necesaria la citación en la carta de despido, de que han procedido a audiencia previa con los representantes sindicales, o si por el contrario, no es necesario que conste expresamente en la carta (oido previamente al representante sindical)
Además, de trabajadora, soy graduada social y para juicio necesito pruebas para defender que es o no necesario tal citacion en la carta de despido.
si la afiliacion le consta a la empresa se podría luchar por un despido nulo por defecto de forma, pero esta calificacion al dia de hoy tiene poca acogida por los tribunales y sólo en el caso de tratarse de un representante de los trabajdores o delegado sindical tendría exito.
de todos modos declarado un despido nulo por falta de formas, el empresario tiene la posibilidad que un avez reconocido este, subsanarlo en un plazo de tiempo, no lo recuerdo exactamente, y volver a despedirte.
si lo que te interesa es la posible indemnizacion lucha por la nulidad o subsodiariamente por la improcedencia.