Buenas tardes, por favor, ¿alguien podria decirme si es correcto Realizar una carta de despido disciplinario y en el mismo documento reconocer la improcedencia del despido?.
Esto serviria para paralizar el devengo de los salarios de tramitación?
En mi opinión (quizas un poco exagerada) si haces el reconocimiento de la improcedencia en documento a parte, mejor, por si acaso pudieran alegar falta de causa.
Por otro lado, la carta reconociendo la improcedencia del despido solo paraliza los salarios de tramitación si simultáneamente se pone a disposición del trabajador el documento de finiquito y la indemnización por despido improcedente que corresponda y éste la acepta y firma el finiquito. En caso contrario habría que consignar para evitar los salarios de tramitación.
Lo habitual es reconocer la improcedencia del despido en la misma carta de despido.
Por otra parte, carta reconociendo la improcedencia del despido solo paraliza los salarios de tramitación si simultáneamente se pone a disposición del trabajador la indemnización legal, o si se consigna en el juzgado, dentro del plazo de las 48 horas siguientes al despido, la cantidad correspondiente a la indemnización por despido.