Aunque he leído la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación varias veces no encuentro (quizás no sea en esa ley) los cargo mínimos que deben formar parte de la junta directiva de una asociación sin ánimo de lucro.
Según tengo entendido serían Presidente, Secretario y Tesorero y todos ellos deben ser elegidos mediante votación de los socios.
Os agradecería cualquier información sobre ello, sobre todo, si está regulado y en que leyes.
Esa es una materia regulada por las comunidades autónomas, dentro de la ley marco que menciona. Busque la que corresponde a su comunidad poniendo "ley de asociaciones de tal sitio". Ojo porque quizás lo que quieren ustedes constituir es una fundación, por lo que es conveniente que estudien esta posibilidad.
Gracias por responder. Es una asociación de ámbito nacional, por lo que está inscrita en el Ministerio del Interior y no depende de ninguna comunidad autónoma.