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Cargos de la comunidad.

3 Comentarios
 
05/01/2005 22:45
Se puede, pero por el bien de la Comunidad y su funcionamiento, sería mejor que nombrasen Presidente y Vicepresidente, y que ambos se repartan los cargos de secretario y administrador.
Pero lo mejor sería una persona por cargo.
Y a la hora de manejar la cuenta de la comunidad, dos firmas a dos mancomunadamente e indistitamente
perfil ur
05/01/2005 12:50
Gracias Lexis.
04/01/2005 13:26
Por supuesto, esta recogido en la LPH. Mas adelante cuando esten todos los propietarios y dependiendo del tamaño de la Comunidad, ya decidiran si prefieren nombrar un Administrador colegiado y descargar al Presidente de estas tareas. Tengan en cuenta que si aun no esta todo vendido, desde que se constituya la Comunidad, el Promotor debera abonar las cuotas de las fincas no aun vendidas.
Cargos de la comunidad.
perfil ur
04/01/2005 13:19
Hola a todos! antes de ná, feliz año.
Mi consulta es la que sigue: en mi edificio estamos constituyendo la comunidad, no esta todo vendido y somos muy pocos. A la hora de nombrar los cargos electos se puede aglutinar en un solo comunero el cargo de presidente, secretario y administrador?
Gracias de antemano.