Quisiera someter a vuestra consideración si el hecho de cargar una cantidad en una tarjeta de crédito de manera premeditada y sin el consentimiento del titular puede ser constitutivo de delito.
Me explico: Mi hija ha sido socia de Fitness First hasta hace unos meses hasta que solicitó la baja por una serie de incidencias que me ocurrieron en el centro de Alcalá de Henares.
Tras solicitar la baja del centro al que perteneció durante más de año medio y pagó puntualmente las cuotas mediante domiciliación bancaria, solicitó se le comunicara el importe correspondiente a la cancelación anticipada del contrato anual y, posteriormente, presentó una reclamación ante el Instituto Nacional de Consumo por entender que el contrato está repleto de cláusulas abusivas.
Obviamente, hasta que no se pronuncie el INC, no voy a satisfacer ningún pago y si Fitness First de Alcalá de Henares entiende que le asiste la Ley, estimo que puede hacer uso de los recursos existentes en un estado de derecho.
Sin embargo, acorde con la prepotencia y chulería que caracteriza a esta empresa, en vez de actuar conforme a lo establecido, ha optado por meter la mano en mi cuenta bancaria y cargarme, sin mi consentimiento, un importe total de 141€, correspondiente a la cuota mensual.
Con independencia de que he dado indicaciones a mi banco para que rechace el cargo, pienso presentar una denuncia por apropiación indebida contra la presidenta de dicha Entidad.
Sin embargo, y por lo que he oído de otros antiguos socios, han llegado a formular cargos en sus cuentas como si de compras se tratara y en las que ni siquiera aparecía Fitness First.
¿Me podrías indicar si esta actuación está tipificada como delito y, dado el caso, citar alguna sentencia?