antes de firmar la compra es el momento de negociarlo todo.
efectivamente, puedes firmar un compromiso de compraventa con entrega de señal, y a partir de ahí, y antes del plazo fijado para la firma, que los vendedores presenten la declaración complementaria del impuesto de sucesiones.
con todo, la advertencia fiscal seguirá ahí y podrías tener "problemillas" en el caso de que esa declaración sea revisada y la Administración eleve la cuantía.
la ley, y expresamente se cita en la escritura, fija como del vendedor todos los cargos que tengan su origen en fecha anterior a la de venta ... y no hay motivo aparente de pensar que los vendedores no pagarían si fuese el caso, máxime porque la supuesta y posible liquidación complementaria iría a normbre de ellos.
el problema inevitable es que la vivienda seguirá siendo garantía en caso de impago, pero no es un riesgo inasumible ... porque afecta a muchas compraventas y en la inmensa mayoría de los casos no hay problema
Cargas impuesto sucesiones en nota simple menos de 5 años
Anónimo
23/09/2016 11:22
Estamos pensando en adquirir una vivienda, y nos encontramos con lo siguiente en la Nota Simple:
Afecta por el plazo de CINCO años contados desde el día 18/05/2016, al pago de la liquidación/es que, en su caso, pueda/n girarse por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, según consta al margen de la inscripción / anotación 4ª
Como se puede comprobar, no han pasado los 5 años desde la inscripción y por lo tanto, me surge la siguiente duda: Si adquirimos el piso, al no haber pasado 5 años, los herederos perderían la reducción del 95% por ser la propiedad vivienda habitual del fallecido. Si no presentan una nueva declaración del impuesto de sucesiones, al adquirir yo la vivienda, ¿puede recaer en mí la carga?
¿Se les puede exigir que liquiden el impuesto sin dicha reducción antes de hacer la compra?
¿En caso positivo, se puede inscribir dicho hecho en la escritura?