padre hereda junto a otros. tiene reconocido grado dependencia por ley dependencia Andalucia. Solicitamos reconocimiento grado minusvalia al no estar casado con ley de dependencia. el plazo para efectuar el reconocimiento es de unos 10 meses. la liquidación hay que efectuarla antes de que efectúen reconocimiento por demora debida a junta andalucia y falta de medios humanos. pregunta: si la liquidación es conjunta con los otros herederos y solicitamos espera puesto que la culpa del retraso en reconocer la situación de minusvalía no es nuestra, ¿puede hacienda cargar intereses de demora a todos los herederos aunque la liquidación no se realice por un solo heredero, en este caso mi padre? gracias anticipadas
He estado en un caso similar al tuyo el año pasado. Yo conseguí que me adelantaran por urgencia la declaración de minusvalía, después de escribir varias solicitudes y llegué a tiempo. No obstante la petición de demora no es colectiva, puede ser individual. Es decir debéis rellenar la 650 conjuntamente y a la hora de presentarlo al pago, solicitar tú la demora y los otros herederos pagar. Por otra parte es importante que solicites el grado de minusvalía de carácter retroactivo a fecha anterior a la que murió la persona de la que tu padre recibe la herencia (como tienes reconocida la dependencia tendrás documentación médica anterior a esa fecha, me imagino). Así cuando le sea reconocida la minusvalía le valdrá para reducir el monto del impuesto. Yo te aconsejaría, si te lo puedes permitir, pagar el impuesto y esperar a su devolución ; así no pagarías el 7% que cobra de interés la administración. También que presentes la solicitud de minusvalía con esas dos condiciones: urgencia y carácter retroactivo.
Espero que te sirva