Cada parte debe probar lo que aduce. El que demanda tiene la factura, que responderá a un contrato verbal o escrito. El que dice que la factura es excesiva también se referirá a lo acordado (excesiva respecto a lo acordado) verbalmente o por escrito.
El problema no es la factura (salvo que esté firmada por el demandado, en cuyo caso no puede ahora decir que le parece excesiva), sino cuál fue el precio que se acordó.
hola, en un ordinario por reclamación de cantidad donde lo único que se discute es si la cuantía de la fra es excesiva o no, a quien corresponde la carga de la prueba al actor que dice que es ajustada o al demandado que dice que es excesiva?