Para mí, esto es un tema propio del Derecho Civil. Así a bote pronto, una cosa está clara: si esos árboles están protegidos y no se pueden cortar ni talar, usted puede demandar y que el dueño le indemnice los perjuicios que le están ocasionando.
Usted no tiene porqué soportar las cargas de un bien de titularidad ajena cuyos beneficios se los llevará otra persona.
Llamando al SEPRONA mismo, le pueden informar si esa especie es protegida.
Saludos
Hola,
Tengo el problema que las ramas de varios árboles entre ellos Carballos (robles) entran en mi finca y el dueño de la finca colindante no las quiere cortar basándose en que los Carballos están protegidos. Eso es cierto?, dónde lo podría consultar??, por otro lado, aunque así fuese, tengo que asumir eso??. He leido que en el código civil habla de una distancia de 2 m., pero es bien cierto que no tengo información sobre árboles protegidos. Muchas gracias por la información que me puedan facilitar.