Yo estoy con Jan.
Es muy improbable por no decir prácticamente imposible que ningún Juzgado dicte sentencia diciendo que hay que pagar esos atrasos.
Es un caso flagrante de "retraso desleal", porque el casero deja pasar demasiado tiempo para ejercer una acción que ha podido ejercer desde un principio.
En todo caso, puestos a ser más papistas que el papa, quizás fuera posible que tuviera que pagar los atrasos de las rentas de los últimos 5 años (que es el plazo en que prescribe el derecho a cobrar las rentas), pero no los años que indica el consultante. Y yo creo que ni siquiera esos 5 años iban a "colar".
Hola arrendatario. Su caso es demasido complejo para poder resolverlo desde este foro. Le aconsejo que acuda con el contrato y toda la documentación relacionada con el mismo a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos.
Para su tranquilidad le puedo adelantar que es bastante improbable que usted tenga que pagar los atrasos.
buenos dias. mi madre tiene un contrato de arrendamiento desde febrero de 1968. el piso era de proteccion oficial y tras la descalificacion de esta le iban incrementando la renta en el ipc. hasta ahi todo correcto. tras la nueva ley del 94, el arendador envia una carta sin firmar en el que nos hace la actualizacion de la renta tomando como indice inicial enero 1968 y final enero 1995. contestamos que no estamos de acuerdo en esos calculos y que la carta no esta correctamente hecha. seis meses despues nos reiteran que esa carta si esta notificada fehacientemente y que los calculos son correctos. pedimos una cita para hablar del tema y no obteemos mas respuestas. 12 años despues sin saber nada mas de ellos y durante los cuales hemos pagado los recibos emitidos por ellos siempre con la misma ultima cantidad sin actualizarnosla desde 1992, nos exigen la actualizacion misma de 1995 y unos atrasos de 30000 euros. es esto posible. que podemos hacer?