Hola que tal,
El supuesto descrito no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, porque es un poder especial, es decir aquel en el que se apodera a una persona a realizar un acto o una serie de actos y una vez realizados se extingue el poder.
Si se inscribe en el Registro Mercantil el poder general, es decir aquel en que se apodera a una persona (bien sea socio o no) con el fin de actuar en nombre y para la sociedad.
Estimados foristas:
¿Es necesario inscribir en el Registro Mercantil un poder autorizando a una persona a poder participar, en nombre de la mercantil, en una subasta?.