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"capital amortizado" sin intereses en la liquidación de gananciales

15 Comentarios
 
"capital amortizado" sin intereses en la liquidación de gananciales
07/05/2007 14:00
Hola, creí haber entendido en uno de los mensajes relacionados con la liquidacion de gananciales, que, en el momento de hacer cuentas para pagar la parte correspondiente al otro conyuge de la hipoteca que en el periodo de casados se amortizo, solo se contaba el "capital amortizado", es decir, sin intereses. Es eso asi? Lo digo, porque mi abogada me dijo que no, y ya me hizo dudar...Quizas yo lo entendi mal en el mensaje, por eso me ayudaria que alguien me lo aclarase.
Gracias
07/05/2007 14:24

Lo normal es que sea así. El piso vale lo que vale en el mercado menos la deuda asociada al mismo, lo que queda por pagar. Es lo que te queda si se vende a un tercero, el valor real del bien.
Lo que se haya pagado de intereses durante los años que se haya tenido la hipoteca del piso no aumenta ni disminuye su precio.

Esto es la norma y lo lógico cuando el pago se ha realizado en base a gananciales.
Pero la cosa puede ser distinta cuando se ha aportado dinero exclusivo de uno sólo de los cónyuges.

Pongamos el ejemplo de la pareja que se casa, uno de los dos pone de dinero particular todos los gastos de compra/venta, y financian el 100% de la casa, y se separan al mes siguiente. Entonces habría perdido ese dinero si lo dividimos como se ha dicho antes.

Por tanto además del valor de la casa, ha de tenerse en cuenta lo aportado por uno y otro con dinero exclusivo aunque haya ido para pagar intereses o gastos asociados a la adquisición que no aumenten el valor del bien.
07/05/2007 14:27
gracias paquito, en este caso concreto, el unico que aporto dinero en exclusiva, soy yo, de hecho era aun soltero, ya sabes, de reforma, mejoras...., durante el tiempo de casados el dinero ha sido comun, a ahora al hacer las cuentas, he tenido esa duda...
Pero me alegra saber que aun no estoy tan loco y comprendo bien las cosas que leo..., y en definitiva, mejor, porque es menos dinero el que voy a tener que desembolsar.
07/05/2007 14:46

Si quieres que se tenga en cuenta ese dinero aportado por ti tiene que reconocerlo tu ex o poder documentarlo.
Si no, el valor a pagar al otro está claro: (tasación-capital principal del préstamo)/2
08/05/2007 10:38
paquito, no entiendo muy bien esa operacion...Pensaba que lo que le tendria que pagar a mi ex es: dinero amortizado por los dos en el periodo de casados(menos los intereses claro)/2., y luego añadirle la subida correspondiente.No hay tasacion, de hecho, el piso no esta terminado de pagar...
08/05/2007 10:45
paquito, no es para repartir el piso, el piso es mio, pero lo disfrutara ella con mi hija, el tema es que me pide lo aportado por ella en los 6 años de convivencia.
08/05/2007 12:45

A ver si lo entiendo ahora, porque creo que andaba liado.
El piso era tuyo, y durante un tiempo, habéis pagado la hipoteca a medias. Ahora vuestra hija y por ello tu ex tendrá el uso del piso, que será 100% tuyo, y por tanto, tienes que devolverle la cantidad que ella ha pagado de hipoteca el tiempo que habéis estado juntos. ¿Es así?

Si es así, entiendo que tienes que pagarle sólo la mitad del capital amortizado, por cuanto ha sido el único incremento de valor de un bien exclusivo aportado a la sociedad de gananciales en base a las aportaciones posteriores a la misma.

10/05/2007 10:16
si, asi es, tal y como lo has descrito...Salvo que el juez, jajaja, quiera innovar en esto de los divorcios y me deje el piso a mi con la custodia de mi hija...Pero vamos, que como se que no, pues eso...tal cual lo has dicho.
Gracias, le dije a mi abogada que le ganaria la apuesta, que los intereses devengados no contaban...Gracias, gracias!!!
10/05/2007 14:47

Pues no sería tan, tan extraño que te la dieran.
¿has pedido la custodia?
15/05/2007 11:30
Hola, a mi me surge una duda... Si una de las partes en la liquidacion puede demostrar que ha hecho efectiva la hipoteca y 2 prestamos personales por valor de 2.500.000 de las antiguas pesetas, con dinero privativo solo de esa parte, ¿la otra si le debe devolver los intereses? ¿Se considararia la casa un bien privativo del que la ha estado pagando?

Gracias y espero que podais aclararme esto
15/05/2007 12:24

A cada uno se le debe devolver lo que aportó de privativo a la sociedad de gananciales. Si aportó 2,5 millones, al hacer la liquidación antes de dividir el conjunto de bienes por la mitad debería restarse esa cantidad.
Si lo aportado era efectivo puede que proceda actualizar la cantidad en base a intereses. No es el mismo caso que el anterior, aquí no veo qué relación tienen los intereses de la hipoteca.

La casa es un bien privativo si era propiedad de uno de los dos antes de crearse la sociedad de gananciales, o si se ha comprado en base a un bien privativo (dinero anterior, herencia...).
Si se ha comprado con un sueldo da igual "quien la ha estado pagando", es ganancial, puesto que los salarios son gananciales y lo han pagado los dos, trabaje quien trabaje y esté el crédito y la cuenta del banco a nombre de quien esté.
15/05/2007 12:50
Hola Pakito...Ya se que que los sueldos son gananciales, pero el caso es k no me he expresado con claridad. La efectividad de la hipoteca se ha ido haciendo por una "donacion mensual" de una tercera persona, el caso es que keremos la liquidacion y solo me tenia curiosidad en cuanto a los interes de la dichosa hipoteca, puesto que una de las partes, jamas ha colaborado en nada ni de la vivienda, ni de los prestamos ni de los hijos ni nada de nada...

En fin, gracias por molestarte
15/05/2007 14:31
paquito, no la he pedido porque por las circunstancias personales de mi ex (trabajadora, al parecer "estable" emocionalmente, aunque yo difiero de eso, mi hija la adora...), me dijo mi abogada que seria inutil..., ademas, mi residencia esta en otra localidad y la niña tendria que cambiar tambien de localidad para el cole y esas cosas...Vamos, que me dijo mi abogada que no...Pero ahora que me lo dices: ¿El juez, o la psicologa que esta realizando la pericial puede de motu propio proponer mi custodia si yo no la he solicitado?Es que si tengo que empezar todo el proceso...me muero...
15/05/2007 14:46

otra_segunda: si se ha hecho con dinero privativo (una donación de un familiar), habría que contarlo con intereses incluidos. La diferencia es que es una aportación a la sociedad de gananciales en base a dinero privativo, y como tal debe mantenerse privativo tras la separación, mientras que el otro caso era al revés, era una aportación ganancial a un bien privativo, y será ganancial el incremento de valor del bien, no lo gastado en él.

Aunque cuidado con lo que estás pensando, porque esas donaciones deberían estar declaradas a Hacienda.
Y no es una molestia, es un placer poder ayudar.

xani: si no hay malos tratos o algo parecido no, deberías ser tú quien solicitara la modificación. Aunque por lo que dices lo veo difícil,...
15/05/2007 21:06
PAKITO...me has aclarado mucho

Muchas gracias, ya me imaginaba que no era molestia para ti, que al igual que otros muchos estais para ayudar un pokito.

Saludo y gracias
16/05/2007 10:51
otra 2ª, no seria pedir modificacion, porque hasta el dia 12 de junio no se va a celebrar la vista...Ahi sera cuando me entere de los dias que podre estar con mi pequeña y esas cosas que ya todos sabemos...
Lo que yo solicite en la demanda de divorcio fue regimen de visitas por lo que me dijo mi abogada, aun asi, no hubo acuerdo, y ahora vamos a vista...