Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

capacidad para alquilar

5 Comentarios
 
Capacidad para alquilar
27/01/2010 19:36
buenas tardes. quería consultar una cosa. uando un piso es propiedad de dos personas ¿lo puede alquilar una de ellas sin ningun consentimiento de la otra? Gracias
28/01/2010 10:30
¿Qué tipo de propiedad comparten?, es decir, se trata de un bien ganancial o privativo por % de propiedad?
28/01/2010 16:33
Es un bien privativo. 50% para cada uno. Tienen una hipoteca, no son pareja, y resulta que uno de elloos no tiene ni la llave del piso, la otra persona se la ha negado, y además, se sospecha que la persona que tiene la llave no está ahí y ha alquilado. Gracias
perfil Jan
28/01/2010 17:28
Hola manolosanchez. En principio el arrendamiento se considera un acto de mera administración, salvo que la duración del mismo sea superior a los 6 años.

El copropietario que no está de acuerdo podrá resolver el contrato si demuestra que el arrendamiento perjudica el interés común, además de tener derecho a percibir el 50% de las rentas y la obligación de sufragar el 50% de los gastos del alquiler.

Reciba un cordial saludo
28/01/2010 19:28
Ok gracias. Entonces se puede hacer unilateralmente. Se puede saber si hay alquiler por una nota simple de la finca del registro de la prpiedad¿no? ¿ o no es obligatorio anotarlo? ¿puede el propietario sacar una nota simple en el registro de la propiedad de su finca sin tener que pagar nada? Muchas gracias
04/02/2010 00:33
las notas simples son información pública, cualquiera puede solicitarla previo pago de 3 euros o más , depende de cada registro. el alquiler no figura en nota simple.