Hola, buenos días.
Planteo una duda sobre las funciones de letrado. De ética y deontología profesional.
Puede un letrado privado, que supuestamente todavía no ha sido designado o contratado pues se está a la espera de que el juzgado se pronuncie sobre solicitud de justicia gratuita, realizar algún tipo de trámite o solicitud en nombre de su representado??????????
Bueno, según el título que se ha puesto al hilo......no sé si me expliqué bien.
Resulta difícil, pues no me gustaría dar demasiados datos. Pero...intento de nuevo.
A ver: yo, por ejemplo, recibo una demanda. Y justo ese mismo día solicito asistencia letrada gratuita.
Más de un mes antes de que se me conteste a esa solicitud (de que, de ser estimada, se designe abogado de oficio), un abogado privado presenta solicitud de un informe ante un organismo público en mi nombre. O lo que es lo mismo, como si yo fuera su cliente.
Estaría este movimiento del letrado dentro de la ética y deontología de su profesión?????
Si la causa para esa actuación fuera que yo, mientras se resuelve esa solicitud de justicia gratuita, he decidido por la razón que sea contratar un abogado, debo de alguna forma comunicarlo al juzgado???
Señalo, como algunos sabrán, el plazo para contestar a una demanda se suspende tan pronto se solicita justicia gratuita. Y sólo se reanuda una vez que se ha dado contestación a la solicitud y, en su caso, se designa abogado de oficio.
Si yo utilizo esa estrategia para disponer de más tiempo para contestar a una demanda y mientras tanto voy haciendo gestiones con un letrado, hay alguna responsabilidad???