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capacidad de obrar limitada

2 Comentarios
 
perfil Jan
03/10/2007 20:10
Hola italia. Lo que has puesto en tu último post iba a ser mi respuesta. Habría que examinar si en el supuesto que planteas procede o no la actualización de la renta.

Un saludo.
03/10/2007 19:44
Creo que lo que establece la disposición transitoria segunda de la ley de arrendamientos del 94 en su apartado c-7º
"no procedera la actualizacion de la renta prevista cuando los ingresos totales que perciba el arrendatario no excedan...." es perfectamente aplicable al caso que nos ocupa, ¿estais de acuerdo?.
Saludos
Capacidad de obrar limitada
03/10/2007 19:13
hola a todos, encantada de estar de nuevo con vosotros.

La cuestión es que una arrendataria de renta antigua se le ha reclamada mediante notificación fehaciente la subida de renta y el pago de los cuatro años anteriores de impuesto de bienes inmuebles.
La arrendataria viuda de 78 años vive sola en el domicilio, por lo que cuando se le notifica 1º por correo certificado el aumento de renta en función de la variación de IPC, ella no hace nada porque no entiende en los términos en que se expresa el escrito.

¿Si el arrendador inicia las acciones judiciales para rescindir el contrato cual sería el argumento defendible, En el peor de los casos, se podrá aceptar la deuda previo a dictar el juez resolución?
y si aceptada la deuda fuese materialmente imposible hacerla efectiva por los escasos ingresos de que dispone la arrendataria un JUez dictaminaría el desahucio?
¿teneis conocimiento de algún supuesto similar? si es así agradecería me lo indicarais.
Ah, se me olvidaba, nunca ha dejado de ingresar en ´la cuenta que le proporcionó el arrendador la renta mensual.
de que formula se dispone para evitar el desahucio, el pago de la totalidad de lo reclamado es inviable.

Un saludo