Gracias Antoniomajo, tengo la suerte de que mi banco, en las condiciones en las que firmé la hipoteca, no me va a cobrar nada de comisiones de cancelación. Saludos.
Claro que puedes cancelar totalmente la hipoteca y el banco no puede objetar nada
Solo que pudiera cargarte una comision de cancelacion que ademas debe figurar en la escritura..
Hola a todos, gracias de antemano. He visitado en varias ocasiones este foro y siempre me ha sido de ayuda. Esta vez tengo una duda con la vivienda que compré en 2010. En 2011 se me concedieron las ayudas, y ahora en junio del 2016, tras 5 años, tengo la oportunidad de cancelar totalmente mi hipoteca.
Soy del plan 2009-2012 y en mi escritura hay 3 condiciones para amortizar:
-Importe mínimo 1500€.
-En ningún caso se admitirá que una amortización anticipada suponga reducción del NÚMERO DE CUOTAS.
-La amortización anticipada parcial o TOTAL del préstamo ANTES DE HABER TRANSCURRIDO LOS 5 PRIMEROS AÑOS del periodo de amortización, q suponga q el importe del préstamo convenido resultante sea inferior el 60% del precio de la vivienda, etc.
Mi pregunta es: ¿Puedo CANCELAR mi hipoteca totalmente sin tener que devolver la ayudas después del quinto año?
La gente suele confundir entre cancelar la hipoteca y la transmisión ínter-vivos que es obligatoria a partir de 10 años de la compra. En mi caso no quiero para nada venderla, solo pagarla.
Aún así os quería consultar ya que todas las personas a quien he expuesto mi caso contestan igual "ten cuidado". He avisado el banco y no me ha puesto ninguna pega.