Por motivos personales me gustaría poder cancelar un contrato de compra de una vivienda que hice en 2006.
El contrato solo muestra una clausula de condicion resolutoria mediante la cual la empresa se indemniza con un 25% en caso de impago.
He llamado a la constructora y no existe manera alguna de cancelar el contrato, es decir, no hay clausulas a tal efecto, con lo cual me han dicho que el único camino es no pagar la siguiente letra y asi recuperar el 75% de mi dinero.
¿Alguien podría asesorarme al respecto? ¿Es el camino correcto a seguir? ¿Podría haber algun problema a la hora de recuperar ese 75% si no realizo el pago?
Es la primera vez que entro en un foro pero andaba buscando información por internet y he dado con vosotros! Tengo un problema personal (como todos no?) relacionado con rescindir el contrato de compra venta q firmé hace dos años con una constructora.
En mi contrato hay una claúsula q dice "[i]Si por cualquier causa, la entidad bancaria no consintiera la subrogación del comprador del préstamo hipotecario, el presente contrato quedará resuelto. En caso de resolución del contrato por este motivo, la parte vendedora devolverá a la compradora la totalidad de las cantidades recibidas hasta ese momento[/i]" Estamos hablando de más de 50.000€!!! Imaginaros el miedo q tengo.
Ayer hablé con la "entidad colaboradora" y me ofreció la posibilidad de darme ese bendito certificado de no viabilidad. Si lo consigo... Será tan fácil como parece cancelar y q me devuelvan el dinero? El dinero se aseguró en 2006 en una cuenta bancaria, hasta la entrega de la casa, así q aún no es de la constructora, "técnicamente" sigue siendo mío.
Necesito un abogado? Mando yo el burofax? Tengo tantas dudas...