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cancelar antecedentes penales

2 Comentarios
 
Cancelar antecedentes penales
20/01/2013 13:25
En enero de 2010, por dar positivo en un control de alcoholemia (mas de 0,60), fui condenado a 8 meses de retirada del carnet de conducir y a 4 meses de cárcel, que no cumplí al no tener antecedentes.

El día del juicio rápido, el abogado que me defendió, me dijo, o yo creí entender, que pasados dos años de que me devolvieran el carnet, podría cancelar mis antecedentes.

Mis dudas son: ¿Si los cancelo, es como si nunca hubieran existido?, ¿Se necesita abogado para hacerlo?, ¿Dónde he de acudir, a la comisaria de policía, al juzgado de paz de mi pueblo, al juzgado de lo penal donde se me juzgo?, ¿Qué gano cancelándolos o no haciéndolo?
¿También se pueden borrar los antecedentes policiales?

Gracias de antemano.
20/01/2013 19:14

¿Si los cancelo, es como si nunca hubieran existido?
No, si que han existido, lo único que los tienes cancelados porqué ya se ha cumplido el periodo de cumplimento.

¿Se necesita abogado para hacerlo?

No, el interesado, en este caso tu, lo podrás cancelar. En la web del Ministerio de justicia te facilitan la forma de cancelar-los. Lo podrás hacer de forma presencial, por correo o por internet.

¿Dónde he de acudir, a la comisaria de policía, al juzgado de paz de
mi pueblo, al juzgado de lo penal donde se me juzgo?

Como dije, la web del ministerio de justicia. Pon en el buscador “ministerio de justicia, cancelación antecedentes penales”

¿Qué gano cancelándolos o no haciéndolo?

Considero que siempre es mejor tenerlos cancelados, así evitarías que si alguna vez tuvieras algún otro problema con la justicia, ya estarían cancelados, pero a la práctica, aunque no los canceles, no pasaría nada, porqué deberían haber estado cancelados.

¿También se pueden borrar los antecedentes policiales?

Creo que no, la policía tiene allí tu fichero con todo el historial, pero tampoco pasa nada.


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Mi opinión no es fuente del derecho, puede ser errónea, pero será lo que creo.
juancf004@gmail.com
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21/01/2013 13:27
Gracias por responder Juan, mirare en la web del ministerio de justicia, tal y como me has dicho.