Buenas, a un familiar le ha surgido el siguiente problema, tiene un posible comprador de su piso y este al solicitar una nota simple al registro se ha dado cuenta que la casa tiene una hipoteca que se inscribió en el año 80, mi familiar compro el piso en el 86 y se ve que es del anterior propietario y no la cancelo registralmente y mi familiar por desconocimiento no tenía ni idea de ella, hemos ido al banco que la constituyó en su día a solicitar información dado que consideramos q estará cancelada porque en todo este tiempo nadie le ha reclamado nada. La duda es ahora,qué trámites hay que hacer para cancelarla registralmente, ya que para vender el piso nos encontramos con ese problema. El anterior propietario ya ha fallecido
El artículo 79.2 de la LH dispone que “podrá pedirse y deberá ordenarse, en su caso, la cancelación total de las inscripciones o anotaciones preventivas (…) cuando se extinga también por completo el derecho inscrito o anotado
Pueden imponerme la gestión de la cancelación de la hipoteca y los gastos correspondientes?
No, es el deudor quien tiene derecho a que se le reconozca que ha cumplido con sus obligaciones, así como el que tiene derecho a que dicho reconocimiento se refleje o no en el Registro de la Propiedad.
Ya he explicado que es importante para el deudor que se le reconozca el pago, con el objeto de poder protegerse de cualquier reclamación del acreedor, pero no tiene por qué interesarle la inscripción, pues en nada le molesta dado que la hipoteca diga lo que diga el Registro de la Propiedad no existe ya.
Si no puede ser obligado a inscribir la cancelación, mucho menos puede ser obligado a que de dicha inscripción se ocupe una gestoría, pues también puede hacerlo él mismo, y de hecho con la presentación telemática, y (en Andalucía) la no necesidad de liquidación de impuestos, por poco más de diez euros puede lograrlo.
El caso es que no sabemos por cuanto tiempo se estableció la hipoteca, según su respuesta podemos pedir la cancelación al registro sin necesidad de pedir información al banco?, es que no termino de entender la respuesta. En el banco lo que se ha solicitado es una certificación de saldo cero de la hipoteca y no nos han contado nada, porque como ya he comentado no sabemos nada de ella. Solo que se hizo en escritura pública en el 79 y que se inscribió en el 80
Como ya dije es una hipoteca que estaba ahí antes de que mi familiar comprara la casa, es del anterior propietario y no lo ha sabido hasta ahora, culpa suya por no pedir antes una nota simple.
Con ese certificado se acercan al registro y el oficial del registro les informara los pasos a seguir, se ahorraran todos los gastos de gestoria etec etc.
Y Tambien cualquier notaria o su notario, solicitan cita que no les cobrara nada y tambien les informa...
Con ese certificado se acercan al registro y el oficial del registro les informara los pasos a seguir, se ahorraran todos los gastos de gestoria etec etc.
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