No termina de quedarme claro, en el periodo de prueba cualquiera de las partes puede romper ( por asi llamarlo) el cto sin necesidad de justificar el porqué ni tener que indemnizar por ello. Por tanto cobrara usted hasta el día 23.
Jamgpreve, muchas gracias por la pronta respuesta.
Se me comunicó de palabra y luego se me dio un documento por escrito que preferí no firmar, en el cuál se informava de la no superación del periodo de prueba, aunque no aparecía ninguna causa relativa a ello.
Esto se dio el dia 23 de mi periodo de prueba, y lo que quisiera saber es si, dado que el periodo era de prueba, tienen que pagarme los días restantes hasta llegar a 30.
Por otro lado, por tu respuesta entiendo que a efectos de cobrar el paro eso no contabiliza como una baja voluntaria ni nada parecido, caso en el que uno no puede cobrarlo, ¿no?
Por último, quisiera saber que opciones tengo para recurrir algo así pues en todo momento no hubo explicación ni motivos concretos.
Se lo han comunicado por escrito o de palabra?
De todos modos durante el periodo de prueba cualquiera de las partes puede rescindir el cto sin por ello tener ninguna penalización o perjuicio asi que deberán de pagarle todo lo generado hasta el ultimo día de trabajo.
En cuanto al paro si anteriormente a encontrar este empleo estaba cobrando prestaciones continuara cobrando desde donde lo dejo la ultima vez
Cancelación periodo de prueba sin causa justificada
Saludos y muchas gracias a todos los colaboradores del foro,
Recientemente he estado trabajando en una empresa, en la cual se estableció un periodo de pruebas de 30 días.
Pues bien, antes de finalizar este periodo, se me ha reunido con carácter aparentemente urgente en días festivos de mi horario laboral, y se me ha comunicado la baja para el mismo día por "no encajar en el perfil".
Ante esto, quisiera saber, por un lado, si deben pagarme de todos modos el periodo hasta llegar a 30 días, y por otro, qué se puede hacer a nivel legal cuándo no te ofrecen motivos concretos de baja.
También me seria muy útil saber que implicaciones tiene este tipo de baja laboral de cara a cobrar el paro.