He pedido una excedencia voluntaria de 4 meses para trabajar en otra empresa. Ahora estoy en mi tercera semana de excedencia y no me va bien en la empresa nueva. Mi pregunta es si puedo cancelar mi excedencia y reincorporarme a mi antiguo trabajo. Por otro lado, en la empresa nueva tengo un contrato indefinido con un mes de prueba (que cumple la semana que viene). ¿Puedo pedir la baja voluntaria por terminación de período de prueba y cobrar el desempleo o es la empresa nueva la que me tiene que despedir para poder cobrar el paro? No sé si mi antigua empresa me puede reincorporar y no quiero quedarme sin ningún tipo de ingresos.
Vd. pode solicitar la reincorporación en su anterior empresa, pero esta no está obligada a reincorporarlo hasta el plazo en que solicitó su excedencia voluntaria.
Si se extingue el contrato de la nueva empresa no puede percibir prestaciones por desempleo al estar en excedencia voluntaria.
Solo se encontrará en situación legal de desempleo una vez que solicite el reingreso y en la nueva empresa se lo nieguen por falta de vacante.
Muchas gracias por tu respuesta. Antes de pedir la excedencia para cambiar de trabajo me aseguré que podía acceder al paro si las cosas no iban bien en el nuevo trabajo. Lo consulté con un asesor laboral y me dijeron que sí. Tengo derecho a paro hasta el día en que me toque reincorporarme a mi antiguo trabajo. Si cuando solicite la reincorporación, mi antigua empresa me la deniega, esta lo tiene que justificar indicándome que no hay puestos disponibles y, entonces, puedo continuar cobrando el paro. Mi duda era si yo puedo pedir terminar el período de prueba de manera voluntaria o es la empresa nueva la que tiene que decidir despedirme.
Las dos premisas que hay que cumplir para tener derecho a prestación por desempleo son tener tiempo suficiente cotizado a desempleo y estar en situación legal de desempleo.
Si abandonas por propia voluntad un puesto de trabajo NO estás en situación legal de desempleo.
Igualmente, la Ley dice que si es la empresa la que da por finalizada la relación laboral por no superar el periodo de prueba y no han pasado tres meses desde la última baja voluntaria no se está en situación legal de desempleo.