Me surge una duda a ver si me pueden ayudar, en el año 2008, hice una hipoteca que gravaba dos inmuebles uno por el 66% del total del credito concedido y otra por el 34%. Hasta la fecha hemos venido pagando con regularidad la cuota hipotecaria mensual que grava ambas viviendas. El caso es que ha llegado el momento de vender una de ellas, concretamente la que tenia un 34% del total de la hipoteca. El asunto esta en que de los 202.400 euros que en su momento se pidieron, quedan por abonar 138.000 €. Tengo entendido que existe cierta jurisprudencia la cual desconozco en la cual el banco debe de cobrarte unica y exclusivamente el monto total de la parte que grave a esa vivienda, es decir.... si fuera a vender la vivienda del 34% de esa hipoteca tendria que dar o tener amortizado un total de: 68.816 € ( 202.400 x 34% = 68816 ), de los cuales ya tenemos 64.400 €, por tanto habria que abonar el resto hasta llegar al 34% comision de cancelacion. El asunto esta en que el banco nos quiere instar ( obliga ) a pagar el 34% del total de la hipoteca que queda, cosa que no le vemos pies ni cabeza puesto que en la escritura hipotecaria pone que una se grava con una cantidad de porcentaje y la otra pues con la otra y ademas solo se vende una de ellas. Que opinais ???, Alguna jurisprudencia que conozcais por un caso similar ????, cualquier ayuda es bien recibida. Muchas Gracias