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cancelacion de antecedentes penales

16 Comentarios
 
Cancelacion de antecedentes penales
22/03/2010 12:32
hola me llamo roberto,y tengo un prolema,q no se como resolver,tuve un prolema con mi ex mujer en el año 2005 y me pucieron horde de a lejamiento y 2año sin cometer ningu delito, an pasado 5año sin prolema y ahora voy a renovar mi tajerta de recidencia y me la an denegado por tener antecedentes y el prolema es q esa causa esta al chivada xr el fical,y nose xr q me sale en los antecedentes,si un abogado que en tienda de esto me puede horientar,de que es lo que tengo que hacer,la causa,es73/05,jugado,penal 2 de huelva,la ejecutoria es 46/06 muchas gracia
22/03/2010 12:58
Por una condena penal (sea falta o delito) NO se renueva el NIE ni se concede la nacionalidad (y en los últimos meses, esa "regla" la aplican a rabajatabla).

Por lo que cuentas veo que si, tienes antecedentes penales y no están cancelados (además, en todo caso debe destacarse lo que te he dicho en el párrafo anterior...)

Tendrás que recurrir la orden por la que te deniegan la renovación del permiso, aunque te adelanto que te lo van a desestimar.
Le dejo mi mail.
crispulopgon@yahoo.es
22/03/2010 13:03
muchas gracia,donde tengo que ir para cancelar los antecedentes,por que mi causa fue en el 2005,eso no deve de estar cancelado ya?
22/03/2010 13:03
No están cancelados.
22/03/2010 13:05
Por otra parte, debes recurrir el acto por el que te deniegan la renovación del NIE (dado que con independencia que los canceles o no, si deviene firme no podrás hacer nada).
Un saludo
22/03/2010 13:11
yo tengo 2 hijos españoles, q de pende de mi,yo fui al de canato,y me sacaro mi causa,me dieron un documento de q el fiscal al chivo mi causa,si esta alchivada como es q tengo antecedentes,y otra cosa yo tengo q trabajar,para mantener a mis hijo,pero en extranjeria no en tiende,eso,si uste me puede orientar en eso se lo voy a gradecer
22/03/2010 13:17
Mire, la ejecutoria es de 2006, presupongo que por lo que me refiere le concedieron la suspensión (2 años) quedando posteriormente remitida definitivamente la condena.

Así que "como poco" habrá quedado extinguida en
2008, al proceder la cancelación de los antecedentes 3 años desde la extinción de la pena, para delitos "menos graves", quedarían cancelados en 2011 (como muy pronto).

Es decir NO ESTÁN CANCELADOS.

Además, últimamente, cualquier condena penal (sea delito o falta) implica la no concesión de la nacionalidad y denegación de renovación del NIE.

Supongo que eso no se lo dirían cuando aceptó la conformidad ¿no?

Sin ver la documentación que le remitieron para denegarle el NIE no puedo decirle nada más, ahora bien si ese acto es firme luego NO LO VA A PODER CAMBIAR.


Le dejo mi mail

crispulopgon@yahoo.es
Un saludo
22/03/2010 13:40
Mire le voy a poner,todo lo q dice,el documento q me dieron en de canato,,
juzgado de instruccion n2 de huelva
procedimiento:pro.A. 38/2005.Negociado:ch
auto
en huelva a ventinueve de marzo de dos mil siete
unico.El presente procedimiento se incoo por los hechos que resultan de las anteriores actuaciones y practicadas las dilijencias que constan en autos se pasron las actuaciones al miniterio fiscal,quien ha emitido informe en el que interesa el sobreseimiento de las misma por concurrir en el presente caso las circunstancias establecidas en la ley de enjuiciamiento criminal.
parte dispositiva
se acuerda el sobreseimiento y arcivo de las presentes actuaciones,eso es lo que pone en el documento
22/03/2010 13:45
Pero vamos a ver...
Usted, al principio ha hablado de otro procedimiento:
"la causa es 73/05,jugado,penal 2 de huelva,la ejecutoria es 46/06"

El Juzgado de lo Penal es DISTINTO al Juzgado de Instrucción.

¿Cuál es la ejecutoria que me comenta?

Respecto del primero de ellos, como está condenado, es lo que le he comentado.

Respecto del segundo (que es el que pone ahora) es otro JUICIO DISTINTO AL PRIMERO y no sé que más decirle.

De todas formas, sin ver la documentación, no puedo decirle más.

Un saludo

22/03/2010 13:48
Resumiendo, usted ha tenido dos procesos.
Uno en que acabó condenado (ignoro las circunstancias) y otro que acabó sobreseido.

Le deniegan la renovación del NIE respecto del que fue condenado.

Los antecedentes de esa condena NO ESTÁN CANCELADOS y en todo caso habrá de estarse a lo que te he comentado antes.

Un saludo
22/03/2010 15:38
Críspulo, cometes un error al contar el plazo para cancelar los antecedentes. No debes contar desde que se extingue la responsabilidad penal por remisión definitiva, sino que al haber sido suspendida la pena debes estar al 136.3.

Por lo tanto, necesitamos saber la condena de prisión que fue suspendida y la fecha de concesión del beneficio de la suspensión. Si la condena es de menos de 12 meses, se podrían cancelar los antecedentes a los dos años más la condena, contados a partir de la fecha del auto de suspensión.

Si es de más de 12 meses, a los tres años más la condena de prisión suspendida, a contar igualmente de la fecha del auto de suspensión.

Por ello, si la condena suspendida era de menos de 12 meses de prisión, seguro que puede cancelar los antecedentes.

Si era de más de 12 meses, probablemente va a ser que no, por mucho que un número tan bajo de ejecutoria indica que probablemente se inició a primeros de 2006 y que la cosa podría ir por los pelos.

Robersalso: como te insiste Críspulo debes ponerte en contacto urgentemente con un abogado experto en administrativo y en extranjería, para recurrir dentro de plazo esa denegación. Si no lo haces, puedes ir haciendo maletas.
22/03/2010 16:44
Llevas toda la razón Dexter, pero faltan muchísimos datos. De todas formas, últimamente A NADIE LE RENUEVAN EL NIE tras haber sido condenado sea en Juicio de Faltas o en un Penal
22/03/2010 17:13
Pos la verdad es que no domino mucho, pero por lo que yo he visto el Juzgado tumba muchas denegaciones, siempre que esté extinguida la responsabilidad penal, el delito no sea demasiado grave, y haya otros marcadores favorables.
22/03/2010 17:30
Sí, aunque la regla general es la otra... Y más como está últimamente el tema por la "violencia de género" y considerando que desconocemos el estado REAL de las actuaciones (el cálculo del 2011 lo efectué considerando que le habían puesto la pena accesoria de privación del derecho al porte de armas...)
Un saludo
22/03/2010 17:38
Resumiendo:
El plazo de cancelación de los antecedentes, es el de 3 años, dado que la condena por esos delitos conlleva la accesoria de prohibición del porte de armas por más de 1 año, que en todo caso es superior a 12 meses para esos supuestos.

Por ende, como poco nos plantamos en el 2010-2011, si sólo lo condenaron a 1 año de privación (si es más, más)

Así que entiendo, salvo mejor opinión, que no están cancelados los antecedentes.



22/03/2010 17:49
Tienes razón, también necesitamos el dato de la condena de privación de tenencia de armas y la fecha en que fue requerido para ello.
23/03/2010 11:09
Lo primero que vas a tener que hacer es recuperar la sentencia y ver lo que pone.

Dijiste que tenías dos años sin cometer ningún delito... eso implica necesariamente que hubo una condena de prisión, que quedó suspendida con la condición de no cometer delitos en ese plazo.

Además, a buen seguro que la sentencia imponía también una prohibición de tenencia y porte de armas. A la mayoría de gente esta condena no le afecta, por lo que no suelen fijarse, pero ahí está, e influye en el cómputo de los plazos.