Son dos tema distintos.
La cancelación de la cuenta la deben hacer en cuanto la solicites. No pueden obligarte a mantener una cuenta abierta, al no tener ningún pago pendiente.
En cuantro al "certificado de deuda cero" te lo deben dar, sin coste alguno. Pero ahora viene la cancelación registral con ese certificado, para la que se necesita escritura notarial, que debe firmar el apoderado del banco. Y ahí viene el problema, pues el banco pretenderá cobrarte, la excusa es el tiempo que el apoderado dedique a ir a firmar. Y si el notario lo eliges tú, y no es el habitual del banco, te pueden poner todas las trabas del mundo.
Lo que yo te aconsejo es que negocies con el banco que las gestiones las haces tú, que te den el certificado de deuda cero, lo llevas al notario con el que ellos trabajen habitualmente (o que lo lleven ellos, pero te intentarán cobrar) y que simplemente vayan a firmar. Posteriormente, tú te encargas de recoger la escritura y pagarla, y de hacer los restantes trámites (IAJD en la comunidad autónoma, exento) y Registro de la Propiedad.
Cancelacion cuenta bancaria,y negativa a darme el papel para cancelar una hipoteca
la caja rural de extremadura , se niega a cancelarme la cuenta y no me da el documento para hacer la cancelación notarial de una hipoteca .Me piden una provisión de fondo para hacer eso,tengo entendido que esa tramitación la puede hacer el interesado y que no tienen derecho a cobrarme nada, y que la cancelación me la deben hacer de la cuenta cuando se solicitan, ya que la inscripción de la hipoteca la puedo hacer cuando yo quiera, no me pueden obligar a mantener la cuenta abierta. gracias de antemano