Hola a todos, tengo un cliente que quiere solicitar arraigo social pero tiene una sentencia por robo con violencia e intimidación de 1 año y cuatro meses de prision suspendiendo la ejecución durante 3 años. Esto fue hace 2 años por lo que le he comentado que se espere a que pase ese plazo de suspensión para pedir la cancelación de penales, mi pregunta es:
¿He hecho bien en recomendarle que espere?, ¿tiene que pedir cancelación de penales o directamente lo investigan en Extranjeria cuando presente la solicitud de autorización por circunstancias excepcionales?
Por cierto tiene hermano regular en España, ¿que debe presentar para el arraigo?