buenas tardes, tengo un asunto un poco lioso a ver si alguien puede echarme una mano....!!!!
Mi cliente es propietario de una finca A que en concentración parcelaria se dividió en DOS FINCAS A1 Y A2 y se dejó una zona excluido un CAMINO que ha sido utilizado siempre para acceder a las parcelas de mi cliente, incluso en su escritura lo pone que a su finca la atraviesa un camino.
La cuestión es que un vecino de finca colindante (tambien en zona excluida) ha cerrado con una valla el camino y ha impedido el acceso de mis clientes a sus fincas.
Me planteo formular una accion de deslinde ..... o bien una accion negatoria de servidumbre porque realmente el camino no aparece en ninguna escritura como servidumbre solo como camino de paso. Un interdicto es inviable porque está prescrito.....
el tema es lioso lioso.....si alguien tiene alguna idea!!!!!!
Si no he entendido mal el supuesto de hecho, aquí se trata de recuperar el acceso a un camino que es un paso, concretamente, a las fincas de tu cliente.
Como el demandado se ha apoderado del espacio, creo que para recuperarlo deberías ejercitar la acción confesoria de servidumbre, y pedir que retire la puerta que haya instalado impidiendo el uso del expresado camino.
¿¿Crees que el tema de que el camino quedase en una zona excluida de concentración parcelaria podría generar algun problema a la hora de plantear la acción????
Yo creo que si el camino estaba antes de la concentración parcelaria y sigue estando despues, es decir, no se ha visto afectado por dicha concentración parcelaria, no debe crear problemas, sino todo lo contrario, será más facil explicar lo ocurrido.
si el camino si que estaba antes de concentración osea que por esa parte, incluso en la hoja de concentracion habla de el como "atraviesa las fincas concentradas".
Para terminar de rizar el rizo resulta que viendo la documentación observo que las personas que han instalado la valla al parecer no tienen titulo de propiedad pero si aparecen en el catastro como titulares de la parcela....no sabemos que titulo le presentarian al catastro para poder inscribir su titularidad!!!
muchas gracias por tu respuestas lopezmingo!! te dire como queda el procedimiento.