Ya presentaron la demanda y piden que se declare que el camino es de titularidad pública y se basan en el artículo 68 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, de bases de régimen local. Dice que ejercita esta acción en nombre e interés de la Entidad Local.
¿Puede un vecino reclamar en el Juzgado que se declare que un camino es de titularidad pública si el propio Ayuntamiento niega la existencia del camino? En caso positivo, ¿es necesario demandar al ayuntamiento? En este caso de está demandando a un propietario de una finca por hacer obras que obstaculizan el supuesto camino y el propietario y el propio ayuntamiento lo niegan. Se presentó demanda por el vecino que dice que sí hay el camino.