si el camino, supuestamente de servicio, tiene ambos extremos en camino público ... ese camino no es de servicio sino público
si ese camino, supuestamente de servicio, consta como parte integrante de la parcela en los documentos de propiedad de las fincas por las que transcurre y, arrancando en un camino público, remata contra el linde de una finca, ese camino es una servidumbre ... y puede instarse a la supresión de la servidumbre respecto a las fincas que tienen linde y posibilidad de acceso a camino público
siendo las parcelas urbanas, el planeamiento puede prever una calle donde hoy existe un camino público, una servidumbre, o por mitad de cualquier parcela ... pero eso no le otorga al ayuntamiento derechos de propiedad o uso sobre ese nuevo vial ... sino que los adquirirá mediante cesiones voluntarias (si las hay), cesiones obligatorias de cada uno de los afectados que solicite licencia de obra mayor en su parcela, o expropiación
Hola,mirando la opcion busqueda avanzada de "camino de servicio" veo esta pregunta realizada en el 2005 y sin respuesta. Vuelvo a ponerla de acualidad pues puedo estar afectada con el mismo problema. Me intersan vuestras opiniones.Gracias y a ver si tengo suerte y alguien me responde.
Tengo una finca de 2000m2 de tipo urbano. Esta atravesada por la mitad por un camino de servicio. Me gustaria saber si es posible modificar el trazado del camino por los lindes de la finca o incluso si es posible suprimirlo, ya que las fincas a las que da servicio tb disponen de un camino publico que les da acceso.
Tambien me gustaria saber si es posible que se un camino de servicio pase a ser camino publoco sin que el propietario sea informado, es decir, si el ayuntamiento puede ocultar esta informacion el dueño de la finca o debe informar de esta "recalificacióin".