Hola. Si en una empresa, el titular de una marca decide que quiere dejar la compañía y que pase a ser otro el titular de esa marca, ya que él no va a continuar en la empresa, entiendo que estaríamos ante una cesión total de la marca. ¿Debe abonarse alguna tasa a la EUIPO o a alguna otra entidad? En dicho caso, ¿quién se hace cargo de dicho pago? ¿El cesionario o el cedente? Gracias.
Para que la cesión sea legal, y tenga constancia, no hace falta de que se inscriba en el REGISTRO COMUNITARIO, puede ayudar y ser recomendable. Pero un simple documento con los datos de cedente y cesionario, y datos de ambas partes es más que suficiente. Y con validez legal.
Generalmente quien es el cesionario, es quien tiene que hacerse cargo de dicho cargo, ya que es el interesado en su constancia documental.
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