La IPT me la valoraron en el 2002 convirtiendose desde esa fecha en definitiva. La primera me la dieron unos cinco años antes y era revisable.
Aquí ya me vuelvo a perder:
-La IPT no es definitiva nunca, tampoco lo es la IPA, son siempre revisables hasta que se cumpla la edad de jubilación.
-Quieres decir con la primera me la dieron 5 años antes que en el 97 te concedieron una pensión IPT que luego revisaron y por mejoría perdiste?? y luego en el 2002 tras un nuevo proceso de solicitud te reconocieron de nuevo una IPT.?
-O quieres decir que en el 97 te reconocieron la IPT, luego te revisaron y por curación te dieron alta y pérdida de pensión, que luego recurriste judicialmente y que en el 2002 te reconocieron la IPT.
En cualquier caso la IPT es revisable siempre, y si trabajas en cualquier momento, sin necesidad de esperar a la fecha que se indica en la resolución. Por tanto, no confundas los términos, la IP total es revisable y no se puede afirmar que sea definitiva.
Lo que ocurrió la anterior vez por lo que expones es que:
-agotaste el plazo máximo que legalmente se puede estar en IT,
-el INSS te valoró y consideró que no procedía modificar el grado de IPtotal sino que no habían variado las circunstancias, por tanto te quedas como estabas,
-desde ese momento dejaste de cobrar el subsidio de IT y te quedabas con la pensión de IPT,
-la empresa ya había extinguido tu contrato entiendo y te liquidó, y por tanto no se puede decirse que exista readmisión, si no más bien que la empresa te contrató de nuevo, salvo que acordaras con la empresa expresamente la suspensión del contrato por x tiempo,
-al indicar que trabajas en un centro especial de empleo comprendo porque no pone pegas a las bajas, pues a efectos de seguridad social le salías gratis, por las bonificaciones del 100% de las cotizaciones.
Al estar en un centro especial de empleo tus condiciones y si eres apto para el trabajo está supervisado por los equipos multiprofesionales de valoración, que no dejan de ser INSS/EVI, por lo que ellos conocen ya de antemano las particularidades de tu trabajo y si estás capacitado o no, otra cosa es que valoren los informes médicos.
Yo no veo tu caso tan atípico, que resumiendo es que muy joven y conuna base de cotización baja te concedieron una IPtotal para tu profesion habitual (que sigues sin decir cual era en aquel entonces) por lo que tu pensión es baja (55% de la base reguladora) y ahora tras un tiempo trabajando con una base de cotización superior, pretendes una pensión más alta, pero creo que enfocas mal el tema.
Cual era la profesión para la que te concedieron en su día la IPtotal??
También dices "No se si me volveran a convertir este nuevo proceso", tu mismo dijiste que no te dieron baja por recaída sino que se inició un nuevo proceso de IT, esto debes tenerlo claro.
Mi pregunta es,¿el médico que me visite es el que determina si me habré expediente para invalidez?
y sí es así dónde puedo ir mirando como va el expediente.
En la actualidad trabajo en un CEE (centro especial de empleo) de ahi que no me hayan extinguido el contrato.
La finalidad última creo que será la revisión de grado para convertir la IPT a IPA
Tengo 48 años.
Fue un tribunal de lo social quien me concedió la IPT.
No se si me volveran a convertir este nuevo proceso, que para mi es el mismo, en uno como el anterior de dos años con dos prorrogas de seis meses cada una y con liquidación por parte de la empresa al cumplirse el año con las vacaciones del año anterior y poco más, es decir que sería como una mensualidad (1.400,00€)
Si no plantee la revisión de grado por otro superior fue por desconocimiento de ello. De haberlo sabido seguro lo habría hecho.
Cuando comencé a trabajar fué en un empleo compatible con la IPT y lo comuniqué al INSS, de hecho presenté hasta la adecuación del puesto de trabajo.
La IPT me la valoraron en el 2002 convirtiendose desde esa fecha en definitiva. La primera me la dieron unos cinco años antes y era revisable.
En la anterior baja el tribunal médico en la última revisión me dió el alta pero en una carta que no era tal alta, pues nadie supo decir que significaba aquella carta y tuve que ir a la tesoreria para que me explicaran y la explicación fué: "Si quieres ir a trabajar vuelve a tu trabajo y si no quieres trabajar más no vuelvas, eso si, no se te va a pagar mas de lo que estas cobrando por tu IPT" tal cual como os lo cuento me sucedió. La carta la leyó un sindicalista, un abogado, una asistente social, varios médicos, la mutua de accidentes de la empresa que era quien me estaba pagando en esos momentos y nadie supo decir que aquello era un alta. La empresa tampoco, pero al ser CEE me readmitió en mi puesto.
La baja es por enfermedad comun.
No sé si me queda algo pendiente de todo lo que genera dudas, y es que mi caso es atipico, porque todo el mundo me lo dice.
Hay que ver qué capacidad tiene esta mujer!! Te dejo en sus manos, anvemo, ve respondiendo a sus preguntas para ir aclarando la situación.
Te dejo mi sensación: con el trabajo que desarrollas veo difícil que te cambien el grado de incapacidad. Te dirán que se trata de un trabajo que no requiere grandes esfuerzos, que las lesiones no son de la suficiente entidad y bla, bla, bla...
Suerte.
Lo que sí hay 2 cosas que me chocan mucho en todo lo que expones:
1) Por qué no solicitaste la revisión del grado de incapacidad permanente directamente?. En la resolución de la IPtotal normalmente indica la fecha a partir de la cual se puede instar la revisión por agravación o mejoría, no obstante en caso de que reconocida una IPtotal se comience a trabajar no se aplica plazo alguno sino que tanto el INSS como tú podéis solicitar la revisión en cualquier momento.
En todo lo que expones, no dices ni cuando te reconocieron la IP, ni si pasaste por alguna revisión, que sería lo normal.
2) Otra cosa que me tiene “descolocada” es que a pesar de tus bajas y de que tu salud no está para trabajar la empresa siga manteniendo tu puesto, vamos que no extinguiera tu contrato, salvo que me digas alguna cosa más…como que la empresa cobra alguna subvención o tienen bonificación en las cotizaciones, o…cualquier otra cosa que creas relevante. Sigues de alta en la empresa??
Finalmente, no sé exactamente qué o cuál es tu finalidad última…supongo que la de que te revisen el grado de IPtotal, es así?? Y si es así vuelvo a lo mismo, no te planteaste instar la revisión?? O ya lo hiciste y el INSS te denegó el reconocimiento de grado superior?.
5) Te incorporas y no llegan a pasar 6 meses cuando volviste a estar de baja….aquí ya tienes que empezar a aclarar las cosas puesto que además dices que la baja no es por recaída, con lo cual…o tuviste que trabajar los 6 meses o bien te dieron de baja pero sin efectos económicos, esto es, sin cobrar la prestación por incapacidad temporal.
6) Resumiendo…que según expones te dan baja por nueva enfermedad, nuevo proceso de IT, y acabas de cumplir un año en dicha situación…pues ahora toca lo mismo que te dije, que el INSS valore si hay prórroga o no y agotada la prórroga expresa y en su caso de efectos, pues valoración por el INSS.
No entiendo que otra aclaración necesitas, si te explicas mejor igual alcanzo a comprender cuál es tu duda respecto al proceso.
** Por cierto, no dices nada, pero entiendo que tu IPT es por contingencias comunes no? Esto es, no es por enfermedad profesional o accidente de trabajo.
**También entiendo que estamos hablando del Régimen General, tanto respecto a la pensión de IPT reconocida como en lo que respecta a tu encuadramiento ahora.
Sigo…
4) Comenzaste a trabajar en una profesión compatible con la pensión de IPTotal, y está claro por lo que expones que tu estado de salud empeoró, me refiero al estado de salud que tenías en el momento que te incorporaste al trabajo tras el reconocimiento de la IPT y que debido a ese empeoramiento y tu incapacidad para trabajar, te dieron la baja por incapacidad TEMPORAL. Agotado el plazo de duración inicial de la incapacidad temporal de 365 días (1 año), luego el INSS te concedió una prórroga expresa de 180 días (6 meses). Transcurrido dicho plazo el INSS (a través del EVI) debe examinarte a efectos de proceder a valorar tu situación de incapacidad permanente (siempre que no procediera el alta por curación). Si bien, la ley también prevé que cuando persista la necesidad de tratamiento médico y exista expectativas de recuperación que permitan tu reincorporación laboral, el INSS puede demorar la calificación sin que el tiempo que estés en situación de IP pueda exceder (contando también las recaídas) de 730 días. Entiendo que en tu caso, el INSS prorrogó al máximo la situación de IT, puesto que dices que estuviste de baja 2 años. Y aquí muchas dudas o cuestiones en el aire:
•Transcurridos los 2 años el INSS te valoró y te dio el alta médica…pero te dio alta médica por curación?? O te valoró a efectos de revisar el grado de tu incapacidad permanente reconocida y consideró que no procedía revisión de grado??…o alguna otra cosa.
•En el trabajo te mantuvieron en alta y cotizando durante los 2 años?? Lo digo porque la empresa no está obligada, y la verdad o es que la empresa es la “pera” o tuvo que darte de baja y dejar de cotizar en la seguridad social a partir de los 18 meses.
si no te dan la la absoluta, CREO repito CREO que te pueden dar otra ipt, ya que son dos enfermedades diferentes y creo haber leido que si SON COMPATIBLES, 2 ipt diferentes.
Con 13 años y medio tendrias derecho a esta otra ipt, y si pasas de 55 años cobrarias el 75% , salvo mejor opinion.
1) Tienes reconocida una pensión contributiva Incapacidad permanente total para tu profesión habitual (la que era antes tu profesión habitual, que no dices cual era?).
•Cual era tu anterior profesión para la que te reconocieron la IPT?
•Hace cuánto tiempo te reconocieron la IPT?.
2) Después del reconocimiento de la IPTotal, volviste a trabajar entiendo que en una profesión distinta a la anterior y compatible con tu estado de incapacidad (al menos, en su día). Deduzco, que hiciste las cosas bien, que comunicaste al INSS que iniciabas un trabajo, que el trabajo es compatible con la IPT reconocida y que la empresa curso el alta y cotiza regularmente.
•En qué fecha comenzaste a trabajar después del reconocimiento de la IPT?
•Te llamó el INSS para alguna revisión de la IPT desde que re la reconocieron hasta la fecha de hoy?
Kapitan, siento la mezcla de conceptos, solo quería ponerte al tanto de como había ido un poco la discapacidad desde que me la dieron hasta ahora.
Al operar la hernia discal se produjo fibrosis epidural postquirurgica con lo cual quedé peor despues de operado de como estaba antes ya que la fibrosis comprimía y comprime de forma permanente y ese fue el motivo de que me diesen la IPT.
Ahora lo que tengo tras las dos operaciones de cervicales, son perdida de fuerza en las manos, dolores en ambos brazos, calambres en las manos, adormecimiento de las mismas, etc.Por otra parte la sensación de peso de la cabeza y que el cuello o puede mantenerla es a veces insoportable, teniendo que tumbarme para evitar la sensación de que el cuello se hunde en la caja toraxica. A todo esto se une el hecho de que la pierna izquierda ha empeorado pues aparte de dormirseme, el dolor ha aumentado de forma alarmante donde a veces ya no puedo caminar pues apoyar el pie se me hace insoportable, etc. tras el Tac. que me realizaron se demuestra que tengo de nuevo estrechamiento del canal medular a nivel lumbar y nueva hernia, pero claro los neurocirujanos me han dicho que tras ver como he quedado de la operacion de cervicales ya no me dan seguridad de que quede bien, sabiendo que hago fibrosis.
En la actualidad trabajo o estaba trabajando en una tienda de dependiente. Un bazar. Realizamos funciones de recepción y venta de prensa, revistas, articulos de alimentación, libros y regalos. El tema es que la baja la cogí al primcipio porque no podía hacer nada con los brazos, y esta última baja fue porque no podia permanecer en pie, y si estaba de pie un rato no podia caminar sin sentir dolores agudos, etc.
No sé si me falta algo por decirte.
Avemo, mezclas conceptos que no debieras. Incapacidad laboral con minusvalía (discapacidad) y el % que sea. Nada tiene que ver una cosa con la otra ni existe vinculación alguna, salvo para algunos aspectos en los que se posee una incapacidad permanente de total en adelante con la asimilación a un 33% en el grado de discapacidad, pero como digo, sólo en algunos aspectos y en modo alguno vincula al organismo que valora la discapacidad.
Por otro lado una hernia discal no es algo en absoluto grave necesariamente, sí que puede resultar incapacitante en algunas profesiones, pero en no tiene por qué serlo en otras. No nos dices a qué te dedicas actualmente, algo que puede ser fundamental.
Hola anvemo, yo siempre en estos casos digo siempre lo mismo , sin ser un experto en la materia..........si los profesionales en estos casos ,los medicos , te comentan que asi no puedes trabajar , y que no entiende como te dieron el alta....pues que mas vamos a decir, ya sabemos todos como actua el EVI y el ICAM en estos tiempos.
Yo ya no se si te darian la absoluta, ya tienes una ipt, por otra enfermedad , pero no entiendo bien si la lesion de hernia discal l4 y l5 que te derivo en fibrosis fue la causante de la primera invalidez.Seria interesante que lo confirmases , si fue asi o no.
Saludos.
Gracias Kapitan por responder.
Tengo una incapacidad permanenete total para la profesión habitual por la que cobro alrededor de 500,00€ mensuales. Esta incapacidad me la reconoció el Tribunal Superior de Justicia de Canarias cuando tenía once años trabajados en una empresa donde realizaba trabajos de esfuerzos. En la empresa actual llevo entorno a los trece años y medio y mi sueldo viene siendo de 1465,00€ netos con una base de cotización de 1985,00€. Como comprenderas trabajando gano un buen sueldo para una familia de dos hijos, con lo cual estoy de baja porque no me queda más remedio ya que los dolores y secuelas que me han quedado no me dejan trabajar, pues entiendo que voy camino de perder dinero si me dan la minusvalía absoluta que me han dicho.
La minusvalía actual es del 33% ya que es la convalidación de la sentencia lo único que me dieron en aquellos años. La operación que me la causó fué una hernia discal L4-L5 produciendome la operación una fibrosis que me dejó dolores, algo de cojera y la implantación de electrodos epidurales con neuroestimulador para el dolor. Durante los años han ido recolocando los electrodos pues el dolor llegaba a ser insoportable y se tuvo que recolocar en varias ocasones y al final se optó por implantar placas sobre las vertebras para conseguir que su función se viese cumplida.
Hace algo más de tres años comenzó de nuevo otro calvario pues comencé a tener imposibilidad de levantar los brazos y de ahí a las cervicales con dos operaciones en dos años consecutivos con sus respectivos postoperatorios y rehabilitaciones, etc... es decir no ha sido nada fácil, pues hasta en salud mental he acabado debido a las comidas de coco que se hace uno solo, aunque todo el mundo te tranquliza e intenta ponerte la mejor cara, la enfermedad la llevas tu y tu mente divaga sola aunque uno no quiera. Yo en todo estos años a pesar de los electrodos he tenido que estar tomando tratamiento para el dolor y en la actualidad como no saben ya que darme que me haga efecto, me han mandado morfina la cual me tiene bastantes días tumbado en la cama sin saber como ponerme ya que a pesar de estos tratamientos tan fuertes no se mitiga el dolor en su totalidad, con mareos donde no puedes ni leer pues la vista se te junta, el malestar general que te produce la morfina y resto de medicación, es muchas veces insoportable, etc. el conducir el coche se ha convertido en un extra, el día que estoy mejor y puedo hacerlo es casi fiesta, con decirte que no pude ir a la cabalgata con mi hijo el pequeño pues me encontraba muy mareado y tuve que pedir el favor de que me lo llevasen, así que imaginate, luego me quedo fatal porque ni eso tan común y que es una vez al año pude hacer con el niño. En fin no te aburro más porque si no me paran te cuento mi vida y como que no es plan tampoco.
Si te han dado la baja por otra patología, quiere decir que has empezado de nuevo y muy pronto volverás a pasar por el tribunal, el cual puede darte la baja por seis meses más, puede tambien darte el alta medica para que te presentes al trabajo o puede habrir expediente para una incapacidad.
De momento tienes que esperar.
No obtante si te interesa el asunto, pasa por la inspeccion medica y pregunta al inspector, cual es tu situacion y si te van a proponer para una incapacidad.
No va a ser fácil tranquilizarte, entre otras cosas porque aquí no se toman decisiones, no hay tribunales médicos, ni siquiera suele haber médicos y aunque los hubiera, no sabemos cuáles son tus dolencias ni cómo te afectan, no sabemos de tus cotizaciones ni si tienes derecho por las de tu último trabajo a una incapacidad permanente, si ya tenías una anterior, si te interesa cambiar una por la otra, si te concederían una absoluta, algo cada vez más difícil...
Aunque claro, yo muy puesto no estoy, sólo por lo que leo por aquí, pero vaya mi pica por delante.
Hola, buenos días. Pasado mañana día 9 de Enero haré un año que estoy de baja. Ya ha recogido el parte número 52 pues mi incapacidad actual es total para profesión habitual, es decir que hasta la fecha he sido trabajador en activo discapacitado. Ahora bien debido a una serie de operaciones en los últimos años mi salud ha empeorado de forma notable hasta tal punto que los neurocirujanos me han "desahuciado" por deciro de alguna forma, pues aparte de ser un sentimiento es una manera de echar balones fuera y he acabado en la unidad del dolor, donde me han dicho con todas las letras que no volveré a trabajar más.
Bueno a lo que voy, el pasado año agoté en agosto dos años de baja con cinco tribunales donde no tuve problemas en estar en esa situación hasta el último de ellos, en que me dieron de alta a pesar de estar bastante mal. Una vez incorporado no llegue a cumplir seis meses cuando cogí la baja de nuevo y pasé otro tribunal donde no se explicaba la doctora que me exploró como estaba trabajando. Dicho esto procedió a confirmarme la baja de nuevo porque procedía debido a que no era la misma enfermedad (si es la misma enfermedad ya que son secuelas de las operaciones, dicho por los especialistas). Total que cumplo el año de baja y no se en que situación estoy, el médico de cabecera tampoco sabe pues no entiende como no me han llamado para pasar tribunal que decida si hay prorroga o alta cosa que no cree probable aunque con el tema de los recortes no lo descarta, y me advierte que si eso ocurre tendre que denunciar.
Mi pregunta o duda es si alguien de los que estan muy puestos en estos asuntos me pueda quitar esta angustia que tengo, pues en un sin vivir, algo que aunque uno no quiera viene a la mente solo, pues se me plantean los clasicos problemas de hipoteca, familia, etc... agradeceria cualquier tipo de luz que me tranquilice.