Buenos días, y gracias de antemano a cualquiera que aporte un granito de ayuda.
Intentaré ser breve. El Plan general del año 1987 califica parte de una manzana urbana consolidada como suelo destinado a Espacios libres (parques públicos y zonas verdes), dentro de la cual se ubican varias viviendas de más de 50 años de antigüedad, legales, catastradas, habitables y en uso (aunque ahora urbanísticamente fuera de ordenación). La propiedad en su momento desconoce dicha información, carece de conocimientos, y no realiza alegación.
Se desarrolla y aprueba un nuevo Plan general en el año 2012 (el cual mantiene la calificación del suelo, ahora como SGEL), y presentadas alegaciones en tiempo y forma son contestadas con un documento genérico de 79 páginas, sin que mención concreta ni específica alguna se realice a la alegación presentada por el solicitante, limitándose a "desestimar el resto de la presentadas" -y no aceptadas-. Indagado al respecto, la justificación de mantener dicho solar como zona verde se basaba en el hecho de que el Plan del año 1987 así lo contemplaba y se ha consolidado.
El TSJ ha dictado sentencia contra la validez del Plan general del año 2012, sometiéndose nuevamente a información pública y abriéndose un plazo de dos meses (hasta el 11 de septiembre de 2016) para poder realizar alegaciones.
Y aunque se me pasan mil preguntas por la cabeza:
1.- ¿conocéis alguna posibilidad de revertir el suelo SGEL a urbano, o de que al menos las viviendas afectadas puedan recuperar o conservar su estatus como tales?
2.- ¿podríais por favor dar algún consejo en cuanto a como proceder respecto a los pasos a dar, o a las alegaciones a presentar?
Nuevamente agradecido.
Así, atendiendo a tu explicación, lo único que se me ocurre es alegar que la zona dispone de suficientes zonas verdes y que por tanto no es necesaria tal clasificación.
Pero hay que tener en cuenta que la propuesta del Plan General estará debidamente justificada y que, por tanto, la innecesariedad deberéis demostrarla.