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Cambio puesto trabajo con reducción de sueldo impuesto

8 Comentarios
 
Cambio puesto trabajo con reducción de sueldo impuesto
10/05/2023 21:05
Hola, quiero hacer una consulta por un problema que me ha causado mi empresa.
Resulta que mi empresa me ha cambiado de puesto de trabajo haciendo ver que se preocupan por mi salud, en un puesto que es similar al que tengo, pero que según ellos me ayudará a mi problema de espolones de pie que tengo.
La empresa ya tenía planificada la reorganización de puestos de trabajo y me impuso ese cambio.
Yo, porque no me pareció oportuno, no pregunté si con las mismas condiciones laborales que las que tenía, me adornaron el cambio con que iba a ser un puesto mejor (parecido o similar) pero con un caramelo envenenado de prejubilación con contrato de relevo a los 62 años.
Dado que no hubo ni firmas de aceptación, y sabiendo que cuando la empresa propone y "obliga" esos cambios, se sabe que debe ser en las misma condiciones económicas que se tiene.

Cual es mi sorpresa que una prima considerable y consolidada desde hace 17 años, me la han retirado.

¿Es legal?, Yo creo que no, ya que es un derecho adquirido y además el cambio ha sido impuesto, sin haberlo solicitado yo.

Espero me podáis orientar un poco, aunque creo que es totalmente recurrible y solicitar esa prima consolidada en mi actual puesto de trabajo.

Gracias.
15/05/2023 00:33
Fenos
Holaa,creo que si no tiene ningún papel firmado por la empresa y aceptado por usted,podría reclamar su antiguo puesto,si sigue estando ,luego nunca la empresa puede quitarle ningún complemento que venía cobrando desde tiempo,si Ellos quieren cambiar su puesto ,es si problema no tiene porqué usted pagar los cambios,creo que es así,espero poder aclararlo un poco
20/05/2023 13:54
Eso entiendo yo, el que la empresa por voluntad propia y sin haber yo solicitado ningún cambio de puesto de trabajo, debería respetar mis actuales condiciones laborales.
De hecho, ni había presente ningún miembro del comité y la empresa obró con dolo y mala fe, ya que al comunicarme el cambio en ningún momento me habló de cambiar la situación económica, ha sido al cobrar la nómina cuando he visto que me habían eliminado esa prima fija consolidada desde hace años.
De hecho ya lo tengo en manos de un abogado ya que por sindicatos veo que no hacen mucho por el trabajador.
20/05/2023 18:23
1 Dice usted que es un dcho adquirido por llevar 17 años cobrandolo, no es cierto, ese plus es un complemento del puesto de trabajo, con lo que si deja de hacer ese trabajo no tiene dcho al plus, los pluses que consolidan son los complementos personal, por ej el plus de idiomas.
2 Dice usted que la empresa propone "obliga", nuevamente no es cierto, la empresa no obliga a nada, usted simplemente dice que no y que si insisten en que se pase a ese otro puesto que se lo den por escrito, en cuyo caso estaríamos ante una MSCT arte 41 ET lo que para empezar obligaría a la empresa, (por ley) a mantener el nivel salarial del puesto anterior.
Tampoco me sirve de excusa el que diga usted que es por su problema de espolones, primero, porqué la empresa tiene conocimiento de sus patologías? Segundo, si verdaderamente tiene una patología que le afecte para ese puesto lo que debieron hacer es incapacitarle, obtener una IPT y así de esa forma pasarle a este nuevo puesto pero como punto compatible lo que significaría que para su categoría anterior estaría usted incapacitado, por tanto con dcho a una pensión y después trabajar para la empresa en este nuevo puesto.
Para reclamar esa MSCT tiene usted 30 días, estos son días hábiles y como no conoció el cambio de las condiciones económicas hasta cobrar la nómina del primer mes, el plazo comenzaría a contar desde esa fecha, si por otra parte, como dice, no hay nada acordado o firmado, (el que usted haya aceptado de palabro, lo haya hecho o no, no significa nada de nada, las palabras se las lleva el viento, usted si llega a juicio niega por activa y por pasiva que acepto ese nuevo puesto), esto traerá consigo que se trata de una MSCT art 41 ET cuestión está que por otra parte, la empresa no le notifico por escrito con lo que se han saltado el procedimiento de todas todas
Acuda a un abogado o sindicato para que impugne ese cambio de puesto y si luego le devuelve a su antiguo puesto, que no puede desarrollar por esa patología de espolones pues a solicitar una incapacidad ante el EVI.
Lo dicho, no deje pasar ni un día más y busque un abogado.
smo
21/05/2023 10:17
Jamgrrhh28, a ver, por partes:
1.- En su día, en 2007 se me diagnosticó espolones y con consiguiente cambio de puesto de trabajo a uno nuevo, dado que en su día se denunció a la empresa para que justificando mis dolencias y ratificadas por la mutua de trabajo se llevara a cabo ese cambio de puesto de trabajo.
2.- En ese momento, se me colocó una prima fija o incentivo (llámelo como quiera) generada en mi trabajo, porque en este nuevo puesto de trabajo no se puede valorar para crear una prima, para igualar mis condiciones económicas con mi anterior puesto que si podía ganar prima.
Así estuve unos 8 meses, pasados los cuales, se me volvió a traspasar de puesto de trabajo a uno similar al primer puesto, pero que hacía que los dolores de pie no sufrieran tanto.
Se siguió manteniéndome esa prima fija que ya tenía porque en ese puesto de trabajo no se puede crear una prima en la que pudiera generar una como la que tenía yo anteriormente.

Así estuve hasta el 2018 en el que los espolones crecieron y ya el caminar resulta bastante doloroso, con lo que he ido cogiendo bajas cada cierto tiempo para descansar del trabajo y mitigar los dolores de pie,a parte de infiltraciones sin resultado positivo, (recomendado por la seguridad social y la mutua de empresa).
Yo jamás me he quejado recientemente a la empresa de mis problemas de salud, ni jamás pedí un cambio de puesto de trabajo.
Hasta que el gerente de la empresa decidió reorganizar puestos y a mí, haciéndose pasar por un gerente bueno, con alma y que se preocupa por sus trabajadores, decidió con la excusa de mis dolores de pie, formalizar el cambio unilateralmente, ya que previamente ya había dado mi puesto a otro compañero, estaba todo decidido y como en esta empresa, todo cambio de puesto de trabajo SIEMPRE se ha mantenido la prima que uno hubiera tenido en su día, pues entendí que en esta ocasión sería lo mismo, y por ello no hablé de condiciones económicas, porque siempre se había respetado.
Además, en este puesto de trabajo que sustituyo al anterior operario (por jubilación), si cobraba una prima fija, también por el procedimiento similar al mío, venía de un cambio por salud, respetándosele la prima que él tenía, así que no me extrañó y supuse que yo también tendría mi prima fija mantenida.

¿Cuál ha sido el problema?, que esa prima/incentivo fijo que se tenía, sólo la cobrábamos dos personas en la empresa, ya que todas las personas que las cobraban se han ido jubilando, y lo que ha hecho este gerente unilateralmente, ha sido cambiar de puesto de trabajo a estas dos personas y quitarles esa prima fija, con lo que la empresa se ahorra buena pasta.

Espero haber sido claro en la exposición.

De hecho ya lo está llevando un abogado, pero este post era para tener alguna opinión más u otro punto de vista de gente entendida en este tipo de temas.
21/05/2023 10:22
................................... Perdón, en 2006 ......................................
21/05/2023 18:13
Si el asunto viene de tan atrás no veo la necesidad de hacer el cambio en la actualidad, así que por aquí 1, 0 para usted. Si le han cambiado ahora y usted ve los perjuicios actualmente, (esos perjuicios económicos), cuando recibe la primera nómina, pues cuando empieza a contar el plazo para impugnar esa MSCT art 41 ET, eso sí, siempre que está decision de cambio de categoría fuese unilateral y no pactada, es decir que usted no haya firmado nada ya que si no sería un acuerdo entre las partes.
Así pues un nuevo punto para usted, en cuanto a el cambio de categoría, está puede darse a igual categoría, a categoría superior e incluso, si la empresa lo necesita puede bajarle a una categoría inferior, eso sí respetando el salario superior de la categoría de procedencia, 3 punto para usted, por tanto strike 3 jugador eliminado.
No pierda un minuto más y busque abogado o síndicato y a demandar.
smo
perfil Ugo
21/06/2023 01:32
Hola quiero hacer una consulta

-Me acaban de dar un documento con el preaviso de una modificación de cambio sustancial, en el proceso desde un principio no quisieron darme el documento, en la cual no justifican concretamente el por qué solo me comentan que o acepto las nuevas condiciones o exitingo el contrato , tengo conocimiento que tengo una tercera opción que es impugnar el cambio ..la pregunta es pasado los 15 días del pre-aviso

-cuántos días tengo para impugnar el proceso ?
-es necesario comentar a la empresa que voy a impugnar el proceso?
-despues del pre aviso cuántos días tengo para dar una respuesta?
21/06/2023 08:23
Una notificación de preaviso?
Si le han notificado de forma escrita el plazo para impugnar comienza al día ss de recibir la notificación.
Dos cosas:
-El plazo son 20 días, (20 días hábiles).
-Es pero que haya firmado la notificación poniendo de su puño y letra la fecha en que recibe la notificación, (porque desde la empresa suelen poner una fecha por escrito y luego entregar la notificación por ej 10 días después con lo que merma el plazo para impugnar.
3 opciones:
- Tragar.
-Acatar pero impugnar.
-Si el Juez da la razón del cambio a la empresa, pues tragar o rescindir el cto con dcho a indemnización y posterior prestación por desempleo.
smo