Tengo una duda, que me genera un problema, ahora mismo grande y urgente.
Tengo un piso en propiedad (Catalunya), en un edificio de 40 años. En el edificio, hay 7 pisos con un total de 4 propietarios. No hay comunidad de propietarios constituida (llevo más de un año esperando, y siempre me dicen que estan redactando los estatutos y que ya nos llamaran para hacer la reunión).
La cuestión es que, nosotros estamos reformando el piso, y la puerta de entrada es antigua y sin ningún tipo de seguridad (vamos que con un golpecito la abres). Habíamos pensado en poner una de seguridad y ya que la cambiamos, poner el color de fuera de un color de madera normal (ahora son granates, muy feas). Según la agencia que nos lleva el tema (y que tardan más de un año en hacer los estatutos), no podemos hacerlo a nuestro gusto porque los vecinos no estan todos de acuerdo, y que según la ley, se debe mantener la estética exterior de las puertas de los pisos ... ¿que ley? la LPH no especifica cuales son los elementos comunes, por lo tanto he ido a mirar el artículo 396 del Còdigo Civil; dónde no me pone que la puerta de entrada del piso sea un elemento comun (el portal, evidentemente, si). Pero me amenazan diciendome que el dia d la primera junta (vete tu a saber cuando) se puede sacar el tema y hacerme quitar la puerta. ¿Dónde puedo encontrar que es una obligación para mi, hacer la puerta manteniendo la estetica del resto, sin tener comunidad ni nada? ¿Como puedo defender esto?
Anónimo
26/10/2016 14:35
Rmv84
La verdad hay cosas que no alcanzo a entender, un edificio de más de 40 años y no tiene constituida la comunidad.
Entonces le pregunto, no pagará comunidad, verdad?
Si lo hace a quien le abona el dinero?
Le diré que para formar la comunidad, no hace falta el tener estatutos, si usted desea que realizen la comunidad, si paga cuota mensual, deje de hacerlo.
Tambien le diré que la comunidad a mi entender si lleva razón, y las puertas no puede ir una de cada color, pienso que siempre se puede poner una puerta ultramoderna, chapada en el color de las demás.
y yo creo que el C.C. si recoje las puertas:el portal, las escaleras, porterías,
corredores, pasos, muros, fosos, patios, pozos y los recintos destinados a ascensores,
depósitos, contadores, telefonías o a otros servicios o instalaciones comunes, incluso
aquéllos que fueren de uso privativo;
me dirijo a la última parte, incluso aquéllos que fueren de uso privativo
Pero si la puerta que quiere colocar, es totalmente necesaria y no hay comunidad a la que se le pueda pedir autorización, no veo que nada le pueda impedir poner la puerta que tiene pensado. ¿Quien le va a denunciar si no hay comunidad constituida?, ¿Cada propietario a título individual?.
Saque fotos de la actual puerta y consiga un informe de la seguridad que tiene y del peligro que representa para su vivienda mantenerla. Si tiene seguro de vivienda, que ellos le hagan el informe y la recomendación para cambiarla.
Es que me cuesta creer que no exista comunidad. Y yo tambien pregunto como el anonkmo de las 14,35, como cuando donde a quien y porque abona cuota de comjnidad y esta no existe despues de 4 decenios.
Si, no hay comunidad, yo no la pago ... la cosa es complicada de contar; antes solo habia dos propietarias en el edifico (dos hermanas), ahora se van vendiendo ... antes habia una comunidad imagino, pero des de que hay nuevos propietarios (no pagamos nada) el que lleva el tema, el administrados de fincas, nos da largas diciendo que pronto nos llamaran para reunirnos (pronto para el es muy amplio ... llevo esperando y reclamado más de una año).
Soy propietaria y no se ni si el edificio tiene seguro, hasta que punto yo soy responsable de lo que pueda pasar allí dentro .... en fin, i disculpad, pero ... una mierda.
No me creo para nada que no esté constituida la comunidad, si usted misma dice que existe administrador y que nadie paga, entonces que va a exigirle.. Quién le paga? quien paga la luz de la escalera, la limpieza?
usted es responsable de su propiedad unicamente.
NO LO SABEMOS QUIEN LO PAGA!!! el edificio tiene 2 antiguas propietarias ... que han empezado a vender los pisos ; yo he comprado uno.
Quien lleva el tema de comunidad (QUE NOSOTROS NO PAGAMOS) es su administrador, el que ellas tenían antes de empezar a vender los pisos ... Al comprarle la vivienda nos pusimos en contacto con ellos para poder reunirnos los nuevos propietarios (nosotros y la gente que ha ido comprando viviendas) y hablar de la comunidad, y nos dicen que estan redactando estatutos y que ya nos llamaran para hacer la primera reunion ... Otra cosa, cuando yo voy a casa y veo que por ejemplo: la puerta del garaje no funciona, les llamo a ellos (la empresa de fincas que tenian las antiguas propietarias) para que lo arreglen, y lo hacen ... Se tuvieron que hacer las terrazas de los áticos nuevas (y no son pequeñas) y lo cambiaron todo ... NO HE PAGADO NUNCA NADA DE NADA ... es más, el chico que tengo de contacto para estas cosas me dice que mientras no haya comunidad que este tranquila pq me ahorro el pago de comunidad. Pero no me gusta, no se que derechos y obligaciones tengo como propietaria en un edificio donde si hay una antigua comunidad yo no sé nada de ella, ni me hago cargo economicamente de nada ... es un estres total. Prefiero pagarla y saber que tengo que hacer y que no como propietaria. Todo rarísimo, la situación yo la veo grave. Gracias pero, que no os las he dado , por vuestros comentarios.