En la actualidad se ha vendido un bajo vivienda de un finca antigua cuya puerta de origen de madera se encuentra en mal estado. Los nuevos propietarios solicitan a la comunidad el cambio de la puerta. ¿Es esto un elemento común o bien debe el cambio ser a cargo de la propiedad?
Por sentido común, entiendo que el coste del cambio de la puerta entrada la vivienda corresponde a cargo de su propietario.Otra cosa puede ser el que la comunidad pueda pedirle que la nueva puerta respete la imagen original de todas las demás, por aquello de uniformización del conjunto.