No debe firmar un precario, porque es un contrato mediante el que el casero puede echarles a uds. en cualquier momento. Lo que deben firmar es un contrato de temporada por un plazo corto (1 o 2 meses) suficiente para que vuelvan los comerciales.
En este asunto no lleva las de ganar. Tenga cuidado. Mas alla de que si la fianza era o no un error o tenia una forma u otra, mas alla de todo eso, su postura no es de fuerza.
Hable con quien sea pague firme y quitese de problemas. O busque otra vivienda.
Le reitero que su posición no es buena.
No creo que se hayan olvidado de la fianza. El arrendador es una empresa Lazora. Y se dieron varias opciones de fianza.
No obstante, me acaban de comunicar que hasta que se solucione este asunto, ya que los comerciales que llevan la renovación están de vacaciones, me han mandado un audio diciendo que aunque la finalizacion del contrato es hoy, se puede firmar un precario hasta que se solucione el tema de la fianza. Qué es un precario?? Y si mis padres firmaran la renovacion dentro de 1 semana. Pagarían la parte proporcional no??
No lo creo. A mi me parece que lo que ha pasado es simplemente que el casero se ha dado cuenta de que había cometido el error de no constituir la fianza, y ahora se lo pide. Sus padre hubieran pagado el seguro igual. Además tenga en cuenta que en principio la fianza se devuelve al final del alquiler salvo que sus padres hagan daños al piso, lo que no creo que sea el caso ni mucho menos.
Yo creo que le está dando ud. demasiadas vueltas a un asunto que en realidad está claro y que además no veo que le perjudique. Ha sido simplemente un olvido inicial del casero. Nada mas.
Entonces la prórroga de 6 meses del Covid les ha perjudicado a mis padres. Ya que si en febrero no hubieran solicitado la prórroga, no les hubieran pasado el seguro de impago de alquiler y hubieran depositado los 2 meses de fianza como pedían. Como con la prórroga es en agosto tienen que pagar el seguro y además los 2 meses, ya que me dicen que ahora no se pide el seguro.
El asunto está liado y es difícil estar seguro de la respuesta, pero creo que en este caso el casero lleva razón. Debe pagar el seguro y además los dos meses de fianza, y la razón es la siguiente:
1.- Dice ud. que desde el principio tenía que pagar el seguro. Por lo tanto, cuando con motivo del COVID se prorroga el contrato, hay que seguir aplicando el mismo régimen que antes, y por tanto hay que pagar el seguro exactamente igual que desde el principio, y por lo tanto el plazo de un año es correcto. No 6 meses sino un año para de esa forma, insisto, respetar el mismo régimen que se llevaba hasta ese momento.
2.- En cuanto a la fianza: la fianza es obligatoria si o si y las demás garantías son opcionales. Por lo tanto deduzco que lo que les ha pasado es que inicialmente el casero se confundió y creyó que el seguro sustituía a la fianza, lo que no es cierto. Por lo tanto ahora es perfectamente correcto que les cobren la fianza, porque de hecho deberían habérsela cobrado desde un principio.
Dice ud. que de esa forma la casa está doblemente asegaurada, y es cierto, pero es que eso es perfectamente legal y no es en absoluto un argumento para rechazar el pago de la fianza.
Puede comprobar todo esto en el art. 36 LAU94 a cuyo tenor:
"1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda.
(...)
5. Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico.
En el caso del arrendamiento de vivienda, en contratos de hasta cinco años de duración, o de hasta siete años si el arrendador fuese persona jurídica, el valor de esta garantía adicional no podrá exceder de dos mensualidades de renta."
No se dice nada de incompatibilidades con ningun seguro. De hecho dice que se pueden exigir hasta 4 meses de garantía.
No. Cuando mis padres alquilaron la vivienda, como garantía les daban 3 opciones: 1 mensualidad como fianza, seguro impago alquiler o aval bancario. Optaron por pagar el seguro de impago de alquiler que han ido pagando cada año. Pero este año al hacer la prórroga por el Covid de 6 meses quieren que paguen el seguro de 1 año más y además ahora en agosto 2 meses de fianza.
Buenas tardes el 17 de febrero de este año a mis padres les tocaba renovar el contrato de alquiler en el que les indicaban que de garantía en vez de pagar un seguro de impago de alquiler anual, que venían pagandolo desde hace 6 años, debían de depositar una fianza de 2 mensualidades. En ese momento mis padres se acogieron a la prórroga de 6 meses por el Covid. Les subieron el IPC porque me dijeron que era lo legal y emitieron el seguro de impago de alquiler para un año hasta febrero del 2022. Ese recibo no se pagó porque les pedí que fuera para 6 meses ya que en agosto cuando tocará renovar ya no se pedía ese seguro si no 2 mensualidades de fianza. Ahora al renovar quieren que pague el recibo de febrero y deposite los 2 meses de fianza. Tienen derecho de exigirlo?? Van a tener doble garantía desde agosto hasta febrero del 2022. Cuando ahora en las renovaciones no se pide ese seguro. Gracias