Tengo una plaza de garaje, la plaza que esta al lado quiere cerrarla y hacer una especie de cuarto dentro del cual instalaran un motor de gasolina, para dar corriente electrica a su negocio, en caso de corte del suministro, quiero saber si pueden hacer esto, ya que estimo que seria un cambio completo del uso ya que pasaria de plaza de garaje a una especie de cuarto de motores ¿No hace falta para esto un acuerdo unanime del resto de propietarios?. En su día se celebro una reunión de la comunidad pero a dicha reunión no fui ya que esta programada para un determinado día y cuando fui el día previsto resulta que la reunión ya la habían celebrado 3 días antes, yo no me entere ya que no siempre dejo el coche en la plaza de garaje y esa semana estaba fuera por vacaciones. En dicha reunión le dijeron que podia poner el motor si tenia los permisos correspondientes, por lo tanto ellos compraron el motor lo instalarón, pero al día de hoy siguen sin tener la licencia del ayuntamiento. Mi objetivo final es que retiren el motor y todo el material instalado y que la plaza de garaje vuelva a quedar como tal ¿Como puedo conseguir esto? Gracias de antemano por vuestra ayuda.
Pon este hecho en conocimiento del ayuntamiento. No tienen licencia de obras. Además, debes manifestar antes de 1 mes tu discrepancia con el acuerdo al secretario, para poder impugnar.
Cuando recibistes el acta de la Junta a la que no asististes, tenias 30 dias para manifestar por escrito (burofax) al Secretario de la Comunidad, tu oposicion al acuerdo tomado y 3 meses (o 1 año) para impugnar judicialmente.
Si no has recibido el acta, podrias iniciar el tema solicitando al Secretario por escrito (burofax) la remision de la misma, indicandole que no la has recibido.
A partir de la recepcion, lo mismo que el parrafo anterior.
Con independencia a esto, denuncia en el Ayuntamiento y solicita personarte en el expediente de licencia. Se trata de una actividad regulada en el Reglamento de Actividades, para cuya licencia tienen que comunicar previamente a los directamente interesados, para presentar alegaciones.
Esta comunidad es un poco particular, el actual presidente y secretario fueron elegidos en su día por sorteo pero ellos dicen que no saben cual es el presidente y cual el secretario ya que se les llama a los dos, REPRESENTANTES, de la comunidad, hasta el día de hoy no hay acta de esta reunión, uno de los representantes no acudio a la reunión ya que no se le aviso y me dice que no va a firmar este acta. Para la instalación del motor y todo lo necesario se le dijo que podia hacerlo siempre que tuviera todos los permisos en regla, esto se lo dijeron los 3 vecinos que acudieron a la dichosa reunión, espero que con esta nueva información podais decirme algo más.
No existe la figura de representantes,
las figuras ya las conoce, Presidente, Vicepresidente, Secretario.Estos tienen que figurar en un acta, si ellos no saben quien es quien, ustedes deben de saberlo por el acta de ese día, que no existe acta, pues sres ellos no son nadie, hagan las cosas como marca la ley, cuando vaya a denunciar o a impugnar, me encantaría ver la cara del funcionario, cuando le diga que denuncian a los representantes. O cuando metan un monitorio, se presentan ante el juez los dos, ya que no saben quien es quien, esto es para morirse, no es por faltarle el respeto, pero es que hay gente que vive en los mundos de yupi.
Se me olvidaba, quien tiene que firmar ese acta no son los nuevos elejidos, sino la junta anterior, el secretario concretamente.
Si una vez notificada ese acta, que pertenece la redacción a la junta anterior, estos sres no quieren hacerse cargo de la comunidad, deben de presentar
el acta en juzgado, ya el juez los llamará a capítulo y hasta este día, la junta anterior permanecera en sus cargos, ya que la comunidad tiene que estar representada.
Sobre lo que comenta de poner unos motores en la plaza de garaje, pues a mi poco entender, las plazas de garaje estan rejistradas como tal, para ese uso, y no como cuarto de motores, creo que para hacer de ella otro uso, debe de contar con la unanimidad de la comunidad, ya que para enganchar los motores con el local, necesita perforar el techo, que es zona común, y la modificación de los elementos comunes requiere la unanimidad, aparte de contar con los permisos correspondientes, licencia de obra, estudio de arquitecto etc etc
Mire , pp, uno de los acuedos que se tomó en mi comunidad en una reunión que se realizó hace...ya ni me acuerdo, se acordó llevar a cabo un acto de conciliación con el promotor por diversos defectos (humedades, ruidos de caldera...).
El presidente anterior y el administrador no han redactado acta de aquella reunión.
Entonces yo ahora como presidenta ¿tengo que ir en representación de la comunidad a ese acto si no hay acta en la que conste dicho acuerdo?
En la LPH dice: "El acta deberá cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. DESDE SU CIERRE LOS ACUERDOS SERÁN EJECUTIVOS, "salvo que la ley previere lo contrario"
Está muy bien que haya habido acuerdo como dice discolo5G, porque de hecho lo hay ya que ha existido pero si no es ejecutivo ¿qué hacemos?
Cual es el problema que no se encuentre representado en tu comunidad, Anastasia.
Menuda presidencia te espera.
¿Porqué no renuncias, si aún estás a tiempo?
Piénsatelo.
Tu tienes muy buena voluntad, pero no sabes en la que te estás metiendo.
En fín, tú misma.
Saludos.