En 1996 compre lo que durante 6 años fue mi primera vivienda por 75.000€. Hasta la fecha he obtenido deducciones por la tercera parte de este capital.
Por razones laborales me trasladé a otra provincia donde adquirí en 2002 una segunda vivienda por 69.000€.
Este mes formalizaré la venta de mi primera vivienda por 192.000€ y la compra de lo que será mi futura vivienda habitual por 270.000€, para la cual he de desembolsar 24.000€ este mes.
Mis dudas son las siguientes:
¿puedo considerar primera vivienda la que voy a adquirir si aún está en fase de construcción?
¿debo empadronarme en la localidad donde se está construyendo esta vivienda?
¿podré deducir en mi declaración de la renta del ejercicio 2003 los 24.000€ que invertiré en la compra de lo que será mi vivienda habitual?
Muchas gracias,
Carlos E.
Por partes, al vender tú primera vivienda, obtendrás una ganancia patrimonial, que será la diferencia entre el precio de venta 192.000,00€ y el de compra actualizado 75.000,00€ x coeficiente de actualización, y para que quede exenta debe reinvertir en otra vivienda habitual todo lo recibido 192.000, como es su caso. Pero aqui viene el "problema" como ud ya se dedujo en vivienda habitual con anterioridad por 25.000,00€, todavia no puede deducirse nada, hasta que no invierta 25.000,00€, es decir, que cuando pague más de 25.000, el exceso sera base de deducción.
Evidentemente deberá empadronarse cuando sea propietario del piso.
Como está en construcción, se entiende que es reinversión aplazada. Si estuviera terminada, seguramente se hubiera podido deducir algo o todo, pero como solo ha entregado a cuenta 24.000, no.
Muchas gracias, Munitis, por su aclaración.
Aún me queda alguna duda:
Los 24.000€ de los que hablaba anteriormente son la cantidad fijada "a la frma del contrato" pero debo entregar al constructor 60.000€ antes de Febrero de 2005, que es cuando se entregarán las llaves de la vivienda. Puesto que al vender mi primera vivienda voy a disponer de ese dinero ¿me interesa pagar este año más de los 24.000€ iniciales?¿podré deducir algo si supero los 25.000€?
en caso de ser así ¿hasta qué cantidad?
Muchas gracias de nuevo,
Carlos E.
Efectivamente, estás en lo cierto, para poder deducirte el máximo (9.015,18€), tendrás que invertir 25.000,00€(cantidades deducidas anteriormente)[1] + 9.015,18€(límite máximo de deducción).
[1] Entiendo que cuando dices que has deducido anteriormente 1/3 de 75.000,00€ te refieres a capital+intereses, es decir, que no fue un prestamo por 25.000,00€, sino que pagaste y te dedujiste 25.000,00€ en capital devuelto al banco e intereses.(de no ser así, a la cantidad de 25.000,00€ tendrías que sumar los intereses).
Evidentemente te interesa pagar más al constructor, pero ten en cuenta dos cosas:
1) limite máximo de deducción es 9.015,18€
2) limite personal (tu incremento de patrimonio), este límite se calcula de la siguiente forma:
saldo a 01-01-2003 de todos tus bienes:
vivienda ....................75.000,00€
vivienda ....................69.000,00€
cuentas corrientes .....31.000,00€ (suposición)
total patrimonio......175.000,00€
saldo a 31-12-03
vivienda .........................69.000,00€
opción de compra...........24.000,00€
cuentas corrientes..........192.000,00€
total patrimonio.............285.000,00€
Incremento de patrimonio 110.000,00€
Por tanto ud podría aportar hasta 110.000,00€, pero solo 9.015,18€ se podría deducir.
En resumen, si tiene la posibilidad de aportar más a las 24.000,00€, aporte 10.015,18€ de más para que tenga un exceso de 9.015,18€ sobre las 25.000,00€ ya deducidas anteriormente.