Gracias por atenderme, en este caso concreto le han comunicado que si no puede hacer turno de noche que solicitara un informe médico, ahora no sé cómo resultará la aceptación por parte de la empresa.
Un saludo
Si usted argumenta que no puede hacer turno de noche por sus patologías deberán de hacerle un reconocimiento médico que valore esas patologías para ver si es apto, no apto o apto con restricciones pero si en definitiva, la empresa, le impone una MSCT usted tiene las opciones que indica el art 41.3 ET, es decir:
-Aceptar.
-Impugnar ante la jurisdicción Social.
- Por último, si el Juez diese la razón a la empresa pues solo le quedaría tragar o rescindir el cto con una indemnización de 20 días/año con un máximo de 9 mensualidades y dcho a prestación por desempleo.
smo
En relación tema de un msct, quería saber si con informe médico podía alegar que no estoy capacitado para realizar el turno de noche (actualmente hace turnos mañana y tarde) porque con historial médico hipertensión, diabetes tipo 2 ,etc... podía ser perjudicial su salud con 60 años edad.
Y si fuera el caso al igual que ellos te hacen firmar si aceptas la msct de turno de noche, si no acepto y tienen en cuenta este informe médico ¿ debe constar cómo que yo les he entregado este documento.
En espera de una contestación, un saludo.